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Lunes, 10 de mayo 2021, 12:39
El pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) aprobó las normas para usar la mascarilla en la playa, así como en otros lugares al aire libre como piscinas, lagos o embalses. Enterró hace justo un mes definitivamente su polémico proyecto de imponer el uso de la mascarilla en todo momento ... en las playas, piscinas, ríos, lagos, pantanos, embalses y entornos «asimilados», aunque se pudiera guardar la distancia de seguridad con otras personas.
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No será obligatorio el uso de las mascarillas cuando se realice un «esfuerzo físico intenso», de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual, siempre y cuando se mantenga 1,5 metros de distancia, según acordaron el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas.
- En el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales (como pueden ser unas dunas, por ejemplo).
- En el paseo por la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos
- En los vestuarios de piscinas públicas o comunitarias
- Cuando se permanezca en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los periodos necesarios para comer o beber.
-En medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
No es obligatorio el uso de la mascarilla
Menores de 6 años.
- Personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla.
- Personas que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla.
- Personas que presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- Personas que estén realizando deporte individual al aire libre
- Supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad
- Supuestos en los que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
Supuestos en los que no es obligatorio su uso este verano:
- Durante el baño
- En los periodos de descanso antes o después del baño, siempre y cuando se mantenga una distancia mínima de 1,5 metros (no cita expresamente «tomar el sol»)
- Cuando se practique deporte en el medio acuático.
- Cuando se practique deporte en el entorno del mismo.
- Durante la práctica de deporte (aunque no se esté en la playa).
- En las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático.
- En los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.
- En las duchas de las piscinas públicas o comunitarias.
La referencia más reciente al uso de la mascarilla en Andalucía la hizo el presidente de la Junta, Juanma Moreno, que precisó que playas y piscinas no tendrán limitación de horario, pero será necesario un plan específico de protección y la distancia de un metro y medio entre grupos.
El Gobierno andaluz confimó que la mascarilla en general seguirá con nosotros, puesto que no dejará de ser obligatoria. Es más, recalcan la necesidad de usarla en las pistas de baile de las discotecas, que estarán permitidas en el exterior en los territorios con nivel de alerta 1.
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