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Miércoles, 7 de abril 2021, 11:56
El Gobierno de España dará por terminado el segundo estado de alarma decretado desde el inicio de la pandemia el próximo día 9 de mayo. Con ello, si finalmente se materializa, dejarían de tener efecto todas aquellas medidas que constan en el Real Decreto ... 926/2020, del 25 de octubre, con el que se declaró el presente estado de alarma. Las comunidades autónomas pasarán a tener la competencia del control de la pandemia, como ya sucedió durante el pasado verano, tras la finalización del primer estado de alarma decretado.
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Una vez que finalice esta situación de emergencia, no se adoptarán las disposiciones del citado Real Decreto Ley, sino que será el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el órgano encargado de aplicar las restricciones que considere necesarias para abordar la situación epidemiológica.
Las medidas que dejarían de estar vigentes son aquellas que afectan directamente a las limitaciones horarias de circulación y al ocio, principalmente. En concreto, el toque de queda dejaría de estar en vigor, por lo que ya no habría una hora límite para estar fuera de casa. La limitación de entrada y salida de las comunidades dependerá de los gobiernos autonómicos, mientras que la actual limitación del número máximo de personas por reunión también caería.
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