![Esta es la multa de la DGT si llevas el abrigo puesto mientras conduces](https://s1.ppllstatics.com/ideal/www/multimedia/202212/15/media/cortadas/multa-dgt-conducir-abrigo-puesto-kNME-U18010498499015nH-1248x770@Ideal.jpg)
![Esta es la multa de la DGT si llevas el abrigo puesto mientras conduces](https://s1.ppllstatics.com/ideal/www/multimedia/202212/15/media/cortadas/multa-dgt-conducir-abrigo-puesto-kNME-U18010498499015nH-1248x770@Ideal.jpg)
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Alberto Flores
Granada
Jueves, 15 de diciembre 2022, 10:08
Cada vez falta menos para que el año 2022 llegue a su fin, algo que se deja notar en los termómetros de prácticamente todas las ciudades de España, con temperaturas cada día más bajas. Y precisamente por ello, los abrigos, bufandas y guantes comienzan a ... tomar protagonismo a la hora de vestirnos para salir a la calle. De hecho, cuando más frío hace es habitual dejarse estas prendas puestas al subirse al coche para conducir, algo que puede provocar que recibamos una multa.
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Así es: circular con el abrigo puesto puede ser motivo de multa para la Dirección General de Tráfico. Algo que podemos comprobar a través del artículo 18 del Reglamento General de Circulación, que estipula que «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículos y la de los demás usuarios de la vía».
Una situación que pocas personas conocen pero que, como el desconocimiento de la norma no exime de su cumplimiento, puede conllevar a recibir una sanción por parte de la DGT. Aunque pueda parecer que llevar un abrigo no afecta a la conducción, si el acolchado de esta prenda es muy grande puede llegar a limitar el correcto movimiento de los brazos al volante. Incluso puede crear una cámara de aire que en caso de accidente reste eficacia al cinturón de seguridad.
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Para evitar esta situación, lo más recomendable es no llevar el abrigo puesto mientras se conduce y recurrir a la calefacción para no pasar frío. Esto es así debido a que si un agente de Tráfico determina que el abrigo limita el movimiento del conductor puede sancionarlo con una multa de hasta 200 euros por infracción grave por conducción negligente. Así que la recomendación de la DGT es clara al respecto: quitarse el abrigo y encender la calefacción.
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