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Martes, 22 de marzo 2022, 11:37
Importante aviso de Hacienda. En los últimos meses se han generalizado los pagos con Bizum o mediante el móvil, transferencias directas o ingresos en cajeros. Sin embargo, sí es cierto que hay algunas prácticas que se siguen haciendo, como el ingreso de dinero en el cajero ... . Realizar este movimiento no requiere ninguna justificación, siempre y cuando no excedas un límite marcado por la Agencia Tributaria que puede suponerte una multa.
Pero, ¿dónde está ese límite? Hacienda, que ha avisado de la carta que van a recibir muchos autónomos y negocios, lo deja claro. Ingresar 50, 100 o 200 euros es algo habitual y no suele haber dudas sobre si se puede o no. Otra cosa diferente es cuando la cantidad de dinero supera, por ejemplo, los 1.000 euros. ¿Hay que justificar los ingresos? ¿A partir de que cantidad?
Con el objetivo de hacer frente a la economía sumergida, la Agencia Tributaria regula determinados movimientos de dinero en efectivo. En este sentido, este organismo público puede pedir información y solicitar un justificante para ingresos superiores a los 3.000 euros. Si no pudiera justificarse, Hacienda podría recurrir a incluirlo dentro del cobro del IRPF o aplicar sanciones de hasta el 150% de la cuota íntegra resultante en el IRPF correspondiente a dicha ganancia.
El Gobierno aprobó a finales de 2020 una nueva normativa para hacer frente a los fraudes y limitó los pagos en efectivo. De esta manera, la Ley 11/2021, de 9 de julio, regula que la cantidad máxima para pagar algo en metálico es de 1.000 euros. Si se quiere adquirir un producto o servicio por un valor superior, el cliente deberá utilizar otro medio de pago electrónico.
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