Del adelantamiento al exceso de velocidad: las multas que puede imponer la DGT por conductas peligrosas al volante

La DGT recuerda que la mayor parte de los siniestros se producen por error humano o imprudencia

Ideal

Jueves, 3 de junio 2021, 13:01

La Dirección General de Tráfico (DGT) vigila las carreteras para evitar comportamientos peligrosos, como usar el móvil mientras se conduce. Según la DGT, se estima que entre el 70 y el 90 % de los accidentes de tráfico ocurren por un error humano o una ... imprudencia. En ocasiones los comportamientos de riesgo al volante son detectados por las cámaras y la Unidad de Medios Aéreos de la DGT y posteriormente se sancionan con una multa y la pérdida de puntos del carné de conducir. Algunos de los comportamientos peligrosos al volante que pueden ser sancionados son los siguientes.

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No mantener la distancia de seguridad

Si no se mantiene la distancia de seguridad con el vehículo que hay delante, en caso de frenada brusca se produciría una colisión. Si además se trata de vehículo muy pesados, los daños serían más graves. Esto puede ser considerado conducción temeraria y está sancionado con una multa de 500 euros y retirada de 6 puntos del carné de conducir.

Según explica la DGT, la distancia entre vehículos debe estar adaptada a la velocidad y a las circunstancias (lluvia, firme mojado, hielo, niebla…) para, si fuera necesario, ser capaces de detener el vehículo sin colisionsar con el que va delante. A 120 km/h, con la calzada seca, la separación segura es de 144 metros. Con la calzada mojada, es del doble, 288 metros.

Adelantamientos temerarios

Según se puede ver en el vídeo subido por la DGT a Twitter, el conductor trata de realizar un adelantamiento múltiple sin cerciorarse de la circulación en sentido contrario, lo que pone en peligro al vehículo que circula en sentido contrario y también al vehículo que pretende adelantar, ya que al abortar la maniobra no guarda la distancia lateral suficiente. Esto se considera conducción temeraria (transgrede las normas con peligro concreto para las vidas de otros usuarios) y podría ser delito conforme al Código Penal. Está sancionado con una multa de 500 euros y retirada de 6 puntos.

Para adelantar solo se debe ocupar el carril izquierdo cuando no se ponga en peligro a ninguna persona en la vía. En caso de error de cálculo de la distancia o de la velocidad, se abortará la maniobra para volver inmediatamente a la derecha.

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Velocidad excesiva

La DGT recuerda que los grandes excesos de velocidad ponen en riesgo a todos los conductores y usuarios de la vía, minimizan la posibilidad de reaccionar a tiempo ante imprevistos y agravan las consecuencias de los siniestros. Las sanciones pueden ser de entre 100 y 600 euros y además se pueden retirar hasta 6 puntos del carné. Si el exceso de velocidad es delito el infractor pueden ser condenado a penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, con privación del derecho a conducir por un tiempo de entre 1 y 4 años.

Abrocharse el cinturón en marcha

No usar el cinturón de seguridad es un peligro para el propio conductor en caso de accidente. No obstante, abrochárselo durante la marcha supone dejar de prestar atención a la circulación y además coarta la libertad de movimientos. Esta conducta puede ser sancionada con 200 euros de multa y retirada de 3 puntos del carné. La DGT recuerda que hay que abrocharse y ajustarse siempre el cinturón antes de iniciar la marcha y asegurarse de que todos los ocupantes lo llevan bien abrochado.

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Ignorar la prioridad

No realizar un 'stop' puede provocar un accidente. Las señales de 'stop' en intersecciones de cierta peligrosidad por falta de visibilidad exigen detenerse y observar para asegurarse antes de acceder. Esta conducta se puede sancionar con 200 euros de multa y retirada de 4 puntos.

Adelantamiento a ciclistas sin mantener la distancia

La normativa establece que se debe mantener una distancia lateral de al menos 1,5 metros al adelantar a vehículos de dos ruedas fuera de poblado. Asimismo, hay que moderar la velocidad al aproximarse a los ciclos para reducir las corrientes de aire y el efecto 'rebufo', que pueden desequilibrar al ciclista. La multa por no cumplir estas obligaciones es de 200 euros y retirada de 4 puntos.

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Si la carretera solo tiene un carril para cada sentido, hay que esperar detrás de los ciclistas hasta que pasen los vehículos que se aproximan en sentido contrario e iniciar el adelantamiento cuando no haya riesgo para ningún ciclista. En todo momento se debe mantener la separación lateral a ambos lados. Si es necesario, hay que ocupar parte o todo el carril contiguo, pasando sobre la línea continua.

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