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Martes, 27 de octubre 2020, 10:45
Aunque parezca el día de la marmota, lo cierto es que España vuelve a estar dentro de un estado de alarma que limita la movilidad de sus ciudadanos para frenar la pandemia del Covid-19. Esta nueva situación, que se parece a la vivida ... en primavera, tiene la diferencia de que, de momento, no se contempla el confinamiento domiciliario y que los que se llevan a cabo son perimetrales y en lugares concretos de la geografía española. Sin embargo, sí hay cuestiones que atañen a todo el país.
El toque de queda está en vigor en toda España, aunque cada comunidad autónoma regula su horario pudiendo ponerlo entre las 10 y las 12 de la noche como hora de inicio y entre las 5 y las 7 de la mañana como hora de finalización. En el periodo comprendido entre el inicio y el final, ningún ciudadano podrá salir de casa si no tiene una causa que lo justifique como puede ser ir al trabajo, a un centro de salud, cuidar a personas dependientes o por una causa de fuerza mayor justificada.
Existen varias leyes que se aplican a la hora de imponer las multas. Estas son la General de Salud Pública, la del Sistema Nacional de Protección Civil o la de Protección de la Seguridad Ciudadana. En los tres casos, los policías tienen la competencia de interpretarlas para entender si se atenta contra la autoridad, se vulnera la salud pública o si se incumplen normas generales.
Si se incumplen las restricciones del estado de alarma con respecto al toque de queda o a cualquier otra limitación que se imponga, las autoridades pueden poner multas de hasta 600.000 euros en el caso de que se contemple que se ha cometido una infracción muy grave. Si se interpreta que se incumple la ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, las multas graves van de 601 a 30.000 euros y las leves entre 100 a 600 euros.
Las cuantías por vulnerar la ley del Sistema Nacional de Protección Civil llegan hasta 30.000 como máximo si la infracción se tipifica como grave, mientras que las leves suponen una multa máxima de 1.500 euros. Y en el caso de vulnerar la salud pública, las sanciones graves pueden alcanzar los 60.000 euros y las leves los 3.000. Además, si se producen desplazamientos no autorizados, el ciudadano puede ser multado con 601 euros.
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