Ideal
Sábado, 2 de enero 2021, 10:55
En 2021 van a entrar en vigor una serie de cambios en las normativas sobre vehículos y circulación. Entre estos cambios está la modificación de la velocidad máxima a la que se podrá circular en vías urbanas y una regulación especial para los vehículos ... de movilidad personal (VMP) y patinetes eléctricos.
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Los VMP están definidos como aquellos vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 kilómetros por hora. No se incluyen en esta categoría los vehículos para personas con movilidad reducida.
Según la nueva normativa, que entra en vigor el 2 de enero, los patinetes y VMP son considerados vehículos a todos los efectos, por lo que están obligados a cumplir las normas de circulación, como hacen los coches o las motos (alcohol, drogas, etc).
Los patinetes deben circular a una velocidad de entre 6 y 25 km/h y nunca pueden hacerlo por las aceras. También tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
Asimismo, los VMP van a necesitar un certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos incluidos en el manual de características que recogerá una resolución de la Dirección General de Tráfico (DGT). Este certificado será obligatorio dos años después de que se publique la citada resolución.
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Pere Navarro, director general de Tráfico, explicó en un reciente encuentro digital con los conductores que esta es una primera regulación de de los patinetes, pero que se va a abrir una segunda fase de debate con los ayuntamientos para avanzar en una normativa más detallada. Está previsto que en el futuro se regulen otros aspectos como la edad para conducirlos, el uso de casco o chaleco reflectante, etc.
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