Secciones
Servicios
Destacamos
Edición
ideal
Viernes, 3 de diciembre 2021, 11:35
El Congreso ha ratificado la nueva Ley de Tráfico presentada por la Dirección General de Tráfico (DGT) que entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE, en marzo de 2022. La principal novedad es la prohibición de rebasar en 20km/ ... h el límite de velocidad para adelantar, una medida que ha suscitado mucha atención.
El texto aprobado dice lo siguiente: «Se suprime la posibilidad que tienen los turismos y las motocicletas de rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior».
Noticia Relacionada
Esto significa que, desde marz del año próximoo, los conductores no podrán adelantar a 120 km/h en una vía convencional con la velocidad limitada a 100. Aquelloque no cumplan con la norma podrían enfrentarse a multas que van desde los 100 hasta los 600 euros y la detracción de 6 puntos en el carné de conducir.
Novedades en la nueva Ley de Tráfico 202:
-Sujetar el teléfono móvil: Aumenta de 3 a 6 los puntos. Tráfico incluye un matiz en el texto de la nueva Ley que cambia el concepto de los conductores por completo: sustituye la palabra «utilizar» por «conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil». Supondrá una infracción cuya multa ascenderá a 500 euros y conllevará la retirada de hasta 6 puntos de carnet.
-Uso del cinturón: No utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección supondrá una sanción de cuatro puntos, en vez de los tres actuales. Además, se multará el mal uso de estos elementos.
-Detección e inhibición de radares: Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares, aunque se desactiven, será una infracción grave multada con 500 euros y la pérdida de tres puntos. Interferir en el radar, 6 puntos.
-Patinetes eléctricos: La norma establece que los conductores de vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, estarán obligados a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determinen, una medida que no estaba en el texto que el Gobierno aprobó en el Consejo de Ministros y que se ha incluido en la tramitación parlamentaria. No se podrá circular con ellos por aceras ni áreas peatonales. La norma se refiere a patinetes y otros elementos de movilidad de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos cuya velocidad máxima está entre 6 y 25 km/h. Tampoco se podrán usar por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que transcurran por poblaciones, ni en túneles urbanos.
Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, por lo que los conductores podrán ser sometidos a la prueba de alcoholemia y no se podrán usar auriculares.
-Recuperación de puntos del carnet: La nueva normativa ofrece realizar y superar un curso de conducción segura. Es una posibilidad para obtener dos puntos adicionales. El conductor se podrá beneficiar de esta norma siempre y cuando tenga un saldo positivo de puntos. Además, se establece que se pueda realizar un curso cada dos años y no se podrá tener más de 15 puntos en el carnet.
Un conductor que pierda varios puntos tras una infracción (siempre que no pierda todos) podrá recuperar automáticamente el saldo inicial de 12 puntos una vez que pasen dos años sin infracción ninguna.
-Permiso de conducir: Se reduce de 21 a 18 años la edad mínima para conducir camiones teniendo aprobado el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de 280 horas de duración. Se baja a 18 años la edad mínima para conducir autocares, pero sin pasajeros y en un radio máximo de 50 km. Solo a partir de los 21 años y con el CAP de 280 horas se podrán llevar pasajeros. Se amplía de 3.500 kg a 4.250 kg el peso de las furgonetas que se pueden conducir con el permiso B para transporte de mercancías, solo cuando el incremento de la masa se deba a los nuevos sistemas de propulsión.
-Autoescuelas presenciales: Aunque en un trámite anterior, el Senado también modificó el artículo 62 del texto remitido por el Congreso, que permitía la formación teórica 'online' para conductores y que los centros pudieran tener un único local físico con el que operar en toda España.
-Rebasar el límite para adelantar: Los conductores no podrán rebasar la velocidad en 20km/h para adelantar en vías convencionales. Es una norma que ya se aplicaba en el resto de Europa y que Pere Navarro quería implementar en España para reducir el número de accidentes y fallecidos en carreteras secundarias.
-Ciclistas: Adelantar de forma peligrosa a un ciclista conllevará seis puntos de sanción. El vehículo debe guardar la distancia de seguridad de 1,5 metros en todo momento y tendrá de forma excepcional permiso para invadir el carril contrario si es necesario para efectuar con seguridad el adelantamiento.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
España vuelve a tener un Mundial de fútbol que será el torneo más global de la historia
Isaac Asenjo y Álex Sánchez
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.