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Jueves, 22 de abril 2021, 11:15
El pasado 12 de marzo el Consejo de Ministros aprobó la concesión de ayudas directas para autónomos y empresas de los sectores más afectados por la pandemia, cuyos ingresos hayan caído al menos un 30 % con respecto a 2019. Esta línea de ayudas está dotada con 7.000 millones de euros ... , 2.000 millones para Baleares y Canarias y 5.000 para el resto de las comunidades.
Los autónomos que tributan por estimación objetiva podrán recibir hasta un máximo de 3.000 euros, y el resto de empresas y autónomos entre 4.000 y 200.000 euros. Las ayudas tienen carácter finalista y se pueden emplear para el pago de deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020, como pagos a proveedores, suministros, salarios, arrendatarios o reducción de la deuda financiera. Las ayudas están condicionadas al mantenimiento de la actividad hasta el 30 de junio. Serán las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla las encargadas de gestionarlas.
Esta semana el Consejo de Ministros ha aprobado algunas modificaciones del Real Decreto-ley 5/2021, norma que regula estas ayudas. Tras esta modificación, las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla podrán ampliar los sectores y empresas que podrán beneficiarse de la línea de ayudas. Es decir, las ayudas no solo se concederán a los sectores que el Gobierno recoge en el Anexo I del citado real decreto-ley, sino que las comunidades podrán ampliar las ayudas para incluir a sectores especialmente afectados en sus territorios, siempre dentro de la asignación establecida para cada una de ellas.
Los 95 sectores recogidos en el Anexo I se establecieron, según el Gobierno, aplicando criterios objetivos, basados en el efecto de la pandemia en el empleo de cada sector. En concreto, en el momento de aprobación del Real Decreto-ley, en esos sectores el 10% de sus trabajadores estaban protegidos por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y, además, no habían vuelto a la actividad al menos un 75% de los trabajadores que llegaron a este en ERTE en el peor momento de la pandemia, en abril de 2020. Con el cambio aprobado, las comunidades podrán ampliar el número de sectores beneficiarios de las ayudas atendiendo a su tejido productivo.
Asimismo, la modificación de la normativa incluye la posibilidad de que estas ayudas se puedan otorgar, de forma excepcional, a empresas viables que hayan tenido un resultado negativo en 2019.
La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha resaltado que el Ejecutivo trabaja para que las ayudas lleguen lo antes posible a sus destinatarios, por lo que la semana pasada aprobó una orden para repartir los recursos y remitió a las comunidades autónomas los convenios que se tienen que firmar para transferir los fondos en un plazo máximo de diez días desde la firma. Según ha anunciado la portavoz, Extremadura y Castilla-La Mancha ya han devuelto el convenio firmado y, una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado, recibirán de inmediato el dinero.
Por otro lado, con el fin de facilitar a las empresas el pago de sus obligaciones de carácter no tributario, las delegaciones de Economía y Hacienda les podrán conceder un periodo de carencia de dos años desde la fecha de su vencimiento y un fraccionamiento posterior de la deuda de hasta dos años. «Si sumamos los aplazamientos y fraccionamientos, las empresas tendrán hasta cuatro años adicionales para pagar sus deudas», ha indicado Montero. Las solicitudes se podrán presentar durante los ejercicios 2021 y 2022 independientemente del periodo al que se refieran.
Según el Gobierno, los potenciales destinatarios de la medida serán los beneficiarios de ayudas o préstamos concedidos por la Administración General del Estado que, en origen, se han dirigido a los grupos más vulnerables de la economía, como las pymes, y a sectores de actividad como la ciencia e innovación, las industrias de carácter estratégico o el turismo, sectores particularmente castigados por la pandemia.
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