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J. M.
Lunes, 22 de agosto 2022, 11:04
El Gobierno ha aprobado una nueva ayuda para personas que tengan hijos, dentro de la Ley del Ingreso Mínimo Vital. Una prestación destinada a a la ayuda al desarrollo de la infancia.
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Como anuncia la Seguridad Social, el complemento mensual de ayuda ... para la infancia es una de las mejoras introducidas en el trámite parlamentario de la Ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV) como un instrumento clave para luchar contra la pobreza infantil.
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El importe se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio, con arreglo a los siguientes tramos:
Menores de tres años: 100 euros.
Mayores de tres años y menores de seis años: 70 euros.
Mayores de seis años y menores de 18 años: 50 euros.
Como publica la Seguridad Social, podrán recibir este complemento, sin necesidad de presentar ninguna solicitud:
-Los actuales perceptores del IMV.
-Los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.
-Los beneficiarios de la prestación de protección familiar que cumplan los requisitos: se trata de los beneficiarios de la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33, cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuren en el expediente de la prestación por hijo a cargo, siempre que cumplan con las condiciones necesarias para el acceso al complemento de ayuda a la infancia, y que el importe sea igual o superior que el que venían percibiendo, debiendo optar por una de las dos prestaciones.
En estos tres supuestos, se reconocerá de oficio por el INSS, en aquellos expedientes que cumplan con todos los requisitos, y con efectos económicos de 1 de febrero de 2022.
Puedes comprobar si tienes derecho a este nuevo complemento utilizando el mismo simulador habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para saber si tienes derecho a percibir el IMV y al que puedes acceder en este enlace.Tras responder a unas sencillas preguntas, el simulador te indicará si puedes tener derecho a este complemento aunque no te corresponda el IMV.
Para la tramitación de este complemento, se debe solicitar del mismo modo que la solicitud del IMV:
A través del formulario on line: https://imv.seg-social.es/
A través del modelo de solicitud del IMV de la página de la Seguridad Social.
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