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Lunes, 14 de marzo 2022, 11:17
En poco más de quince días arranca la campaña de la Declaración de la Renta de 2021. A la hora de realizar la declaración anual, muchos españoles se preguntan en qué casos es obligatorio presentarla y en cuáles no. Para responder a esta ... cuestión hay que valorar un conjunto de factores como el importe mínimo para hacer la declaración, el número de pagadores la procedencia de sus rendimientos. Este año, además, hay que tener en cuenta tres importantes novedades en la Renta.
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Con un pagador
En primer lugar, cabe destacar que los contribuyentes que ganen menos de 22.000 euros anuales de rentas del trabajo procedentes de un solo pagador no están obligados a presentar la declaración de la Renta. En caso de tener más de un pagador, si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores no supera los 1.500 euros anuales también se pueden acoger a este límite. La barrera de los 22.000 euros también se aplica a pensionistas cuyos únicos rendimientos del trabajo consistan en las prestaciones pasivas procedentes de dos o más pagadores.
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Con dos pagadores
Por otro lado, los contribuyentes que tengan más de un pagador y sobrepasen esos 1.500 euros, deberán hacer la declaración si superan los 14.000 euros anuales en rendimientos del trabajo. En este caso, es conveniente recordar que, a efectos fiscales, la Seguridad Social tiene la consideración de segundo pagador si se recibe, por ejemplo, una prestación por desempleo. Esto es lo que les ocurrió a miles de trabajadores que estuvieron en ERTE en 2020.
Más de 1.000 euros
Además, el contribuyente estará obligado a presentar la declaración de la renta si obtiene, en conjunto, más de 1.000 euros de las siguientes fuentes: rentas inmobiliarias imputadas; subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial; rendimientos de letras del tesoro y otros títulos de deuda pública; u otras ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas. En cualquier caso, no estarán obligados a presentar la declaración aquellos contribuyentes que, en conjunto, hayan obtenido menos de 1.000 euros anuales incluyendo rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales, y tampoco quienes declaren exclusivamente pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
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IMV
Finalmente, cabe destacar que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) también deben presentar la declaración de la Renta, aunque se trate de una renta exenta de tributación. En 2022 se estima que unos 362.000 hogares con unos 824.000 beneficiarios reciben actualmente el IMV.
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