![El ocio nocturno en cada comunidad autónoma: horarios y restricciones](https://s1.ppllstatics.com/ideal/www/multimedia/202106/19/media/cortadas/ocio-nocturno-comunidad-horarios-restricciones-kPwD-U140742069579uJF-1248x770@Ideal.jpg)
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Ideal | Agencias
Sábado, 19 de junio 2021
Conforme va descendiendo la incidencia acumulada del coronavirus, se van levantando algunas restricciones en las distintas comunidades autónomas. Muchas de ellas tienen abierto el ocio nocturno hasta las dos de la madrugada, si bien las restricciones y aforos varían en cada territorio.
Los bares, pubs, ... discotecas y locales de ocio pueden abrir hasta las 2.00 horas. Deben aplicar las mismas condiciones de aforo y ocupación de las mesas que se han fijado para los servicios de hostelería. Dichas condiciones varían según el nivel de alerta de cada zona. El uso de pistas de baile únicamente se permite en aquellos municipios que se encuentren en nivel de alerta 1, siempre que estén en un espacio exterior y se emplee de forma obligatoria la mascarilla.
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El ocio nocturno enAragón puede abrir hasta las 3.00 horas. El aforo es del 50 % en interior y del 100 % en terrazas al aire libre. El consumo debe hacerse en mesa con un máximo de 6 ocupantes por cada una en el interior y 10 en la terraza. No se permite la utilización de pistas de baile.
Las medidas aprobadas por la Consejería de Salud de Asturias permiten la apertura del ocio nocturno hasta las 3.00 horas con los clientes sentados y guardando la distancia de seguridad, mientras que la hora de cierre del resto de la hostelería se mantiene en la 1:00 de la madrugada. No se puede consumir en la barra de establecimientos hosteleros, pero se amplía a diez el número de clientes que podrán sentarse juntos en las terrazas.
Se permite la actividad de los establecimientos que ejerzan las actividades propias de café-concierto y bar de copas, conforme a la normativa aplicable al sector de la restauración. Por lo tanto, el consumo de bebidas y alimentos, tanto en exterior como interior, se realizará sentados en mesa, con 6 personas por mesa en interior y 10 en exterior. Los clientes harán uso obligatorio de la mascarilla cuando no estén consumiendo. Los locales podrán abrir como máximo hasta las 02.00 horas, siempre y cuando lo permita la licencia de actividad del establecimiento. No se permite el baile en espacios interiores ni exteriores. Queda suspendida la actividad de los establecimientos que ejerzan actividades propias de discoteca, sala de fiesta y sala de baile.
Podrán abrir los establecimientos de ocio nocturno en las islas que se encuentren en nivel 1 hasta las 2:00 horas, con limitaciones de aforo y ocupación máxima, tanto en espacios interiores como exteriores. Además deben llevar un registro de asistentes para garantizar la trazabilidad ante la posible detección de un caso.
La ocupación máxima por mesa será de 10 personas en el exterior y de 4 en espacios interiores, el consumo de alimentos y bebidas se realizará en la mesa, con los clientes sentados, distancia de seguridad de 2 metros y uso correcto de la mascarilla. No se permite el baile, por lo que la pista de baile deberá precintarse o, en su caso, ser ocupada por mesas sin sobrepasar el aforo permitido.
En Cantabria los locales de hostelería, restauración y ocio nocturno pueden abrir conforme al horario que recoge su licencia pues, debido a la baja incidencia de la covid-19, el Gobierno autonómico ha eliminado las restricciones horarias.
En Castilla La-Mancha se permite a los locales de ocio nocturno que abran hasta las 3.00 horas con un 75 % del aforo en interior y el 100 % del aforo en exterior. El baile y el servicio en barra no están permitidos en interior pero sí se puede bailar en exterior.
En Castilla y León pueden abrir las discotecas y salas de fiestas a un tercio del aforo, sin consumo en barra ni pista de baile y con horario de cierre a la dos de la madrugada. En terrazas el horario será el que se recoja en la autorización municipal de actividad. En otros establecimientos como pubs, karaokes, bares especiales y otros, en el nivel de alarma actual no podrán superar el 75 % del aforo en mesas en las salas de hasta 40 clientes y del 50 % en las salas de más de 40 clientes. La máxima ocupación por mesa o agrupación de mesas será de 10 personas.
El comité técnico del Plan de Protección Civil de Catalunya (Procicat) ha aprobado esta semana el plan sectorial del ocio nocturno que permite su apertura a partir del próximo lunes día 21 hasta las 3.30 horas. La resolución tendrá una vigencia de dos semanas aunque puede cambiar en función de la situación epidemiológica. El aforo será del 50% en el interior y sin límite en el exterior y la consumición se hará en mesas con un límite de hasta seis comensales en el interior y de hasta 10 en el exterior. También se permitirá el consumo en barra si hay un metro y medio de distancia entre los asistentes. Los locales deberán llevar un registro de las personas que entran y guardarlo durante un mes para garantizar la trazabilidad de posibles casos positivos.
La Comunidad de Madrid ha decidido reabrir el ocio nocturno el próximo lunes, 21 de junio, hasta las 3 horas, no pudiendo aceptar clientes desde una hora antes. El aforo será del 50% en el interior de los locales y la pista de baile estará abierta en los exteriores. Además, se ha decidido prestar servicio en barra, aunque no se acepta la consumición, y se mantendrán un 75% de aforo en locales al aire libre.
Los establecimientos de hostelería y ocio nocturno pueden abrir hasta las dos de la madrugada, con un aforo en el interior del 50 % y del 100 % en terrazas o exteriores. Está prohibido el consumo en barra y la consumición se debe realizar en mesa, con un máximo de seis personas en el interior y 10 en el exterior. La pista de baile no se puede utilizar para ese fin aunque sí se podrán instalar en ella mesas para el consumo.
La Xunta realizó el 12 de junio seis pruebas piloto en locales repartidos por toda Galicia y mantiene su intención de abrir los locales de ocio nocturno el 1 de julio.
Los locales de ocio nocturno y discotecas pueden abrir, a excepción de los que se encuentran en municipios con nivel 3 de alerta. Deben cerrar a las dos de la madrugada salvo que su licencia de actividad prevea una hora anterior. El aforo permitido será del 50% en zonas interiores. Se permite el consumo en mesa, que deberán guardar entre ellas una distancia de 2 metros. Las mesas tendrán un límite de seis personas. Se permite consumo en barra, guardando las distancias entre personas de 1,50 metros. El uso de la mascarilla será obligatorio. No se permite la apertura de la pista de baile.
En Murcia existe una limitación nocturna horaria desde medianoche hasta las 6.00 horas en las actividades no esenciales. Dichas actividades pueden abrir desde las 6.00 horas hasta las 23.59 horas. En los bares y restaurantes pueden reunirse un máximo de seis personas no convivientes por mesa tanto en interior como en el exterior.
La presidenta de Navarra, María Chivite, indicó hace unos días que la flexibilización de las medidas covid en el sector del ocio nocturno se producirá en el mes de julio, aunque advirtió que no se abrirán las pistas de baile y que los locales deberán cerrar a las dos o tres de la mañana.
Están cerrados los establecimientos y locales de ocio nocturno.
En la Comunidad Valenciana los pubs y discotecas pueden abrir hasta las 2 de la mañana, con un aforo del 50 % en interior y 100 % en terraza, máximo de 6 personas por mesa en interiores y 10 personas en exteriores, y sin baile ni karaoke, solo actuaciones de grupos profesionales o DJ.
A partir de este fin de semana Ceuta permite abrir los locales de ocio nocturno. Bares y discotecas podrán atender clientes hasta las 2.00 horas los viernes, sábados y vísperas de festivos y hasta las 1.30 horas el resto de la semana, pero sin pistas de baile, con su aforo limitado a la mitad y con obligación de identificar a sus usuarios.
En Melilla pueden cerrar a las 2.00 horas las actividades no esenciales, entre ellas la hostelería, aunque aquellos establecimientos que permanezcan abiertos más allá de las 00.30 horas están en la obligación de llevar un libro de registro de los clientes para asegurar la trazabilidad en un hipotético caso de contagio. El aforo es del 50 % en interiores y del 100 % en exteriores, siempre y cuando se pueda respetar la distancia de 1,5 metros.
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