Cómo pedir la ayuda del Bono Social de Electricidad

Los consumidores vulnerables pueden conseguir un descuento en la factura de la electricidad

E.Q.

Miércoles, 7 de octubre 2020, 13:37

El Bono Social de Electricidad es un descuento en la factura eléctrica que se concede a los consumidores vulnerables o que se encuentran en riesgo de exclusión social. Actualmente, además, debido a la crisis ocasionada por la COVID-19, también pueden beneficiarse de este bono ... las personas en situación de desempleo, en ERTE, jornada reducida por cuidados o con algún miembro de la familia en esas circunstancias. En el caso de los empresarios, pueden solicitarlo los que tengan que afrontar circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos.

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El descuento será del 25% para consumidores vulnerables o que soliciten el bono a causa de la COVID-19 y de un 40% para consumidores vulnerables severos. Por su parte, los consumidores en riesgo de exclusión social no tienen que hacer frente a la factura eléctrica.

Asimismo, los benificiarios de este bono cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de consumidores (4 meses desde la primera notificiación de impago en lugar de 2). Además, tampoco se podrá interrumpir el suministro en caso de impago a los hogares acogidos al bono en los que haya al menos un menor de 16 años en la unidad familiar, o en los que el consumidor o uno de los miembros de su unidad familiar sea persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III.

Requisitos

Para poder solicitar el Bono Social es obligatorio tener contratado el PVPC (precio voluntario para el pequeño consumidor). El PVPC es el contrato eléctrico establecido por el Gobierno en el que lo pagado por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía que resulta del mercado, más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales. Sólo puede contratarse el PVPC si se tiene una potencia contratada igual o inferior a 10kW. Este contrato se formaliza con las comercializadoras de referencia.

Además se deben cumplir los siguientes requisitos familiares y de renta:

- Para ser consumidor vulnerable: que la renta o renta conjunta anual de la unidad familiar sea menor o igual a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas si no hay ningún menor en la unidad familiar (11.279 euros), dos veces el IPREM de 15 pagas si hay un menor (15.039 euros) o 2,5 veces el IPREM de 14 pagas si hay dos menores en la unidad familiar (18.799 euros). También se puede solicitar si se está en posesión del título de familia numerosa o si el consumidor o todos los miembros de la familia que tienen ingresos son pensionistas de la Seguridad Social que perciben la cuantía mínima y no reciben otros ingresos que superen los 500 euros anuales.

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- Consumidor vulnerable severo: es aquel que percibe una renta anual inferior o igual al 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable. En el caso de pertenecer a una familia numerosa, es vulnerable severo si la unidad familiar recibe una renta anual inferior o igual al doble del IPREM de 14 pagas (15.039 euros). Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad familiar a la que pertenezca debe percibir una renta anual menor o igual al IPREM de 14 pagas (7.520€).

- Consumidor en riesgo de exclusión social: el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

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- COVID-19: podrán ser beneficiarias por circunstancias económicas relacionadas con la COVID-19 las personas en situación de desempleo, en ERTE, jornada reducida por cuidados o con algún miembro de la familia en alguna de estas situaciones. En el caso de los empresarios, pueden solicitarlo los que tengan que afrontar circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos. Los descuentos del Bono Social bajo estos nuevos supuestos finalizan de forma general el próximo 30 de junio de 2021. A partir de entonces todos los afectados podrán pedir el Bono Social pero sólo según los requisitos habituales.

Además, los límites se incrementan en 0,5 puntos el IPREM (3.760 euros más) si se reúnen circunstancias especiales como que el consumidor o un miebro de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%, acredite situación de violencia de género, tenga la condición de víctima del terrorismo o se encuentre en situación de dependencia de grado II o III. También se incrementa si la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor.

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Cómo pedir el Bono Social

El Bono Social Eléctrico se puede solicitar por teléfono, correo electrónico, correo ordinario o fax directamente a alguna de las comercializadoras de referencia, quienes tienen la obligación de ofrecer y financiar el bono social. Las comercializadoras proporcionarán el formulario de solicitud y pedirán los documentos acreditativos de las circunstancias económicas que se aleguen para obtener el descuento. Las comercializadoras de referencia son:

- Endesa: teléfono 800 760 333.

- Curenergía: teléfono 900 200 708.

- GAS & POWER: teléfono 900 100 283.

- Baser: teléfono 900 902 947.

- RÉGSITI: teléfono 900 814 023.

- COR Energético: teléfono 900 814 023.

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- Teramelcor (Melilla): teléfono 800 00 79 43.

- Energía Ceuta XXI: teléfono 900 106 004.

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