IDEAL
GRANADA
Lunes, 10 de enero 2022, 11:18
En un reciente informe elaborado en 2021, el Imserso indicaba que el importe medio mensual abonado a cada pensionista durante el mes de octubre quedó fijado en 439,52€ mensuales para las pensiones no contributivas de invalidez, que son 398,31€ cada mes ... para las pensiones de jubilación. La sumatoria anual de este complemento se va a los 525€ en 2021.
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Un ingreso complementario para cuya recepción es necesario cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, es necesario para beneficiarse de este complemento disponer de una prestación de jubilación o invalidez de la Seguridad Social reconocida en la modalidad no contributiva, siempre en la fecha de la solicitud y en la de resolución. Además, se requiere no tener vivienda en propiedad, así como ser la persona titular de un contrato de arrendamiento de una vivienda. En este sentido, no se puede tener parentesco familiar o algún vínculo hasta el tercer grado con el arrendador.
En la misma línea, el domicilio habitual que quede reflejado en la documentación debe ser la propia vivienda alquilada, en la que es necesario haber residido durante, al menos, los 180 días anteriores a la solicitud del complemento. Si son dos o más las personas con una pensión no contributiva reconocida que conviven en el mismo domicilio, será el titular del contrato de arrendamiento el que tenga derecho a percibir dicho ingreso.
Las personas interesadas en beneficiarse de este complemento podrán dirigir su solicitud a los órganos competentes de cada comunidad autónoma, de las Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra y las Direcciones Territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla. A estas se les atribuye la competencia para la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
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