J. M.
Sábado, 10 de septiembre 2022, 12:39
Jubilarse y tener una pensión digna. Este es el objetivo de cualquier trabajador que se acerca al final de su vida laboral. Pero, ¿cuál es la cuantía mínima que se puede cobrar al llegar a la jubilación?
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La Seguridad Social establece cuantías mínimas que ... dependen de la edad de jubilación- También puede variar dependiendo de tener o no familiares a cargo.
En concreto, para jubilados con 65 años, la cuantía mínima mensual es de 685,00 euros con cónyuge que no esté a cargo. Esta sube a los 721,70 sin cónyuge y a 890,50 euros con cónyuge a cargo.
Las personas que fijen su edad de jubilación para antes de los 65 años, la cuantía mínima mensual es de 638,20 euros con cónyuge que no esté a cargo, de 675,20 euros para personas sin cónyuge y hasta los 834,90 euros con cónyuge a cargo. Si se suman las cuantías mensuales, el montante anual máximo a cobrar con cónyuge a cargo es de 11.688,60 euros.
Un caso distintos es el de los ubilados con 65 años con gran invalidez. Con cónyuge que no esté a cargo, la cifra aumenta hasta los 1.027,50 euros, sin cónyuge a los 1.082,60 euros al mes y a los 1.335,80 euros con cónyuge a cargo.
También hay que tener en cuanta que el límite de ingresos para las personas con cónyuge que no está a cargo es de 7.939,00 euros al año, el mismo para personas sin cónyuge y que representen una unidad económica unipersonal. Las personas con cónyuge a cargo tienen un límite de ingresos sin incluir la pensión es de 9.260,00 euros anuales.
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