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Estos pensionistas podrán cobrar un 20% al cumplir 55 años. Ideal
Estos pensionistas podrán cobrar un 20% al cumplir 55 años

Estos pensionistas podrán cobrar un 20% al cumplir 55 años

La categoría de 'Incapacidad Total Cualificada' permitirá que los beneficiarios que superen dicha edad tengan una jubilación de mayor cuantía

Alberto Flores

Granada

Viernes, 28 de julio 2023, 13:48

Los pensionistas que reciben una prestación por incapacidad permanente están de enhorabuena en España: a partir de ahora podrá solicitar un aumento del 20% de la cuantía de su pensión al cumplir 55 años. Una subida de la que se podrán beneficiar miles de personas y que supondrá un cambio significativo en su vida a nivel económico.

Esta novedad llega tras la modificación de la Ley de Empleo, que reconoce que las personas con una discapacidad de al menos el 33% pueden cobrar la pensión de incapacidad permanente, con independencia del grado de dicha incapacidad. De este modo, a partir de ahora todas los pensionistas de las categorías de incapacidad permanente, ya sea parcial, total, absoluta o de gran invalidez, tendrán mayor protección y apoyo.

Estos pensionistas tendrán a partir de ahora la posibilidad de aumentar la paga de su pensión una vez alcancen los 55 años de edad. Esta nueva categoría, denominada 'Incapacidad Total Cualificada', se crea con el objetivo de ofrecer un mayor respaldo económico a las personas con discapacidad que encuentran dificultades para conseguir un empleo debido a su situación.

Requisitos

En cuanto a los requisitos para conseguir esa subida del 20% en la pensión a través de esta nueva categoría, los interesados deberán encontrarse en situación de desempleo. Además, tampoco podrán ser titulares de explotaciones agrarias o marítimas ni de establecimientos mercantiles o industriales, ya sea como propietarios, arrendatarios, usufractarios o similar.

En cuanto a la solicitud, esta puede realizarse de manera fácil a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social mediante un formulario. Tras completar la solicitud, los interesados recibirán un acuse de recibo y posteriormente el Instituto Nacional de la Seguridad Social enviará al domicilio del interesado la resolución de la solicitud.

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