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Martes, 6 de febrero 2018, 09:05
Si eres de esos conductores que llevan el navegador pegado en la luna delantera, debes saber que puede caerte una multa considerable. Y es que, según el Reglamento de Circulación, está totalmente prohibido colocar cualquier elemento en el parabrisas que pueda reducir la visibilidad.
Es por eso que todos los distintivos, como la pegatina de la ITV o la de emisiones, deben estar colocados en una zona que no afecte al campo de visión del conductor. Aunque en la mayoría de los controles se suele pasar por alto este detalle si no afecta demasiado a la visibilidad, lo cierto es que el reglamento indica que esta práctica es sancionable.
El motivo no es otro que la seguridad. Y es que, precisamente, los lugares que normalmente escogen los conductores para colocar el navegador son los menos indicados. Tanto si lo colocamos debajo del retrovisor como si lo hacemos en el borde izquierdo del parabrisas, el aparato provocará un ángulo muerto.
Según esta normativa, los agentes nos pueden multar tanto si manipulamos el navegador en marcha, como si lo colocamos en un lugar que reduzca la visibilidad. En el primer caso, la sanción es de 200 euros y 3 puntos del carnet de conducir. En el segundo, la multa mínima es de 80 euros.
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