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J. M.
Sábado, 8 de octubre 2022, 10:42
Para que un desempleado tenga derecho a cobrar el paro es necerario que haya cotizado 360 días dentro los seis años anteriores al momento de quedarse sin trabajo, como estipula el SEPE. Muchas personas no cumplen estos requisitos, por lo que tienen que optar ... por otro tipo de ayudas como un subsidio por desempleo.
Pero, para poder cobrar esta prestación, es necesario cumplir una serie de requisitos como que la persona esté desempleada y en situación legal de desempleo. Es decir, cuando las causas por las que finaliza o se suspende la relación laboral no dependen de la voluntad del trabajador.
También es imprescindible estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el periodo de cobro de la prestación, y suscribir el compromiso de actividad. Este último requisito implica que la persona solicitante se compromete a buscar activamente empleo, aceptar una colocación adecuada y participar en acciones de orientación, formación, reconversión o inserción profesional.
Es necesario haber cotizado por desempleo al menos durante tres meses si se tienen responsabilidades familiares, o por lo menos seis meses si no se tienen, y no llegar a los 360 días cotizados. Si se ha cotizado durante al menos este periodo se genera derecho a la prestación contributiva de paro.
Otro requisito es no percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional ( SMI), sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. El SMI está fijado, durante 2022, en 1.000 euros mensuales.
Los mayores de 52 años, en cualquier caso, tienen derecho a percibir el subsidio por desempleo para personas trabajadoras que superen esa edad.
Depende del número de meses que se haya cotizado, y de si la persona solicitante tiene o no cargas familiares.
-Si las tuviera, el subsidio se cobrará durante 3, 4 ó 5 meses si se ha cotizado durante similar periodo de tiempo. Durará 21 meses en el caso de que se haya cotizado 6 o más meses. En este supuesto el derecho al subsidio se reconocerá por seis meses, y se podrá prorrogar por periodos de otros seis hasta su duración final.
-Si no se tienen responsabilidades familiares se cobrará durante seis meses si ha cotizado durante un periodo igual o superior.
El caso de las personas trabajadoras fijas discontinuas es especial: cobrará el subsidio durante el número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
La cuantía mensual de este subsidio asciende al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que este año está fijado en 579,02 euros. Por lo tanto, las personas con derecho a esta ayuda cobrarán 463,22 euros al mes.
Las personas que hayan perdido un trabajo a tiempo parcial percibirán esa cantidad, pero en proporción a las horas previamente trabajadas en el último contrato. Durante la percepción de esta ayuda el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y, en su caso, de protección a la familia.
El abono del subsidio se efectuará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediatamente posterior al que corresponda el pago, a la cuenta indicada por el perceptor, siempre que sea el titular.
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