Los 6 requisitos que deben cumplirse para que los niños puedan salir a la calle

A partir del lunes 27 de abril, los menores de 14 años podrán desplazarse junto a sus progenitores

AGENCIAS

Martes, 21 de abril 2020

Los niños menores de 14 años podrán salir a la calle a partir del próximo lunes 27 de abril para acompañar a un adulto con el que conviva en alguna de las actividades permitidas por el Real Decreto de 14 de marzo por el que ... se declara el Estado de Alarma, en concreto, para ir al supermercado, a la farmacia o al banco.

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Así lo ha anunciado la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, este martes 21 de abril durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. La medida ya había sido avanzada este mismo martes por el ministro de Consumo, Alberto Garzón.

El Ejecutivo ya permitía que los menores pudieran acompañar a los adultos a realizar actividades esenciales en aquellos hogares en lo que conviven un niño y un sólo adulto porque, de otro modo, el menor tendría que quedarse solo en el caso de que el adulto tuviera que salir a hacer la compra o a realizar alguna otra actividad esencial.

Los requisitos para salir

- Que el niño sea menor de 14 años

- Que vaya acompañado por un solo adulto

- Que se desplace para realizar alguna de las tareas fundamentales como ir al supermercado, a la farmacia, al banco, al centro de salud, a pasear al perro o a cuidar de una persona necesitada

- Que se cumplan «escrupulosamente» todas las medidas de distancia, es decir, que se mantenga a mínimo un metro de cualquier otra persona

- Que se cumplan las recomendaciones de higiene, que incluyen llevar guantes y mascarilla

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- Que se eviten parques, zonas comunes y se respete la distancia con otros menores. El Gobierno insiste en que no se trata de una medida para que «los niños salgan a jugar»

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