A. O.
GRANADA
Sábado, 9 de febrero 2019, 10:07
La prestación por desempleo es una de las nuevas medidas implantadas por el Gobierno de España para mejorar las condiciones laborales de los autónomos, junto con la cotización por formación continua o el subsidio por accidente o enfermedad. De esta forma, desde el pasado ... 1 de enero, los trabajadores por cuenta propia podrán solicitar el paro. Unas medidas que conllevarán, sin embargo, la subida de la cuota de la Seguridad Social.
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La prestación de desempleo para autónomos será similar a la de los empleados por cuenta ajena: duración máxima de 2 años y relación de 4 meses trabajados por cada mes de prestación. El porcentaje que pagará el autónomo para las prestaciones por desempleo serán del 0,7%. De esta forma, de los 944 euros de la base mínima de cotización, 4,6 euros irán destinados a este fin.
Podrán beneficiarse de la prestación de desempleo para autónomos aquellos trabajadores por cuenta propia que cumplan los siguientes requisitos:
Haber cotizado por este concepto durante al menos los 12 menos anteriores al cese de actividad
Estar adscritos al RETA, al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia del Sector Agrario o al Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
La prestación será del 70% de la base reguladora de cada autónomo y se calculará tomando como referencia la base por la que se haya cotizado en los 12 meses anteriores a la finalización del trabajo. Según el SEPE, la prestación será como mínimo un 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) si no se tiene descendientes a cargo y del 107% si se tienen hijos a cargo. No obstante, este porcentaje no se aplicará a autónomos que coticen por una base inferior a la mínima.
En cuanto a la máxima, será del 175% del IPREM (si no se tienen hijos a cargo), 200% (si se tiene un hijo a cargo) y 225%
Por otro lado, será posible solicitar toda la prestación de golpe, en aquellos casos en los que exista un proyecto para iniciar de nuevo una actividad.
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El trabajador autónomo que cese su actividad y desee solicitar la prestación por desempleo, debe presentar una solicitud ante la mutua colaboradora con la Seguridad Social o en una oficina del SEPE si la cobertura está concertada con el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
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