Las dos cosas que Sanidad prohíbe hacer con las mascarillas en la calle

El BOE confirma también la multa de 100 euros por no llevarlas en los casos de cumplimiento obligatorio

ideal

Lunes, 15 de junio 2020, 11:19

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado miércoles todas las condiciones para el uso obligatorio de mascarillas. Al mismo tiempo, el BOE confirma también la multa de 100 euros por no llevarlas en los casos de cumplimiento obligatorio.

Publicidad

De esta forma, las mascarillas ... deberán usarse en todos los transportes, incluidos los particulares que no conviven, en los espacios abiertos, la vía pública y los lugares cerrados pero abiertos al público, siempre que no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros establecida en la nueva normalidad.

Excepciones

No deberán llevarla los menores de seis años, personas con enfermedades o dificultades respiratorias o cualquier otra enfermedad o alteración de conducta o dependencia que dificulte su uso y actividades con las que no sea compatible, como comer o beber, así como fuerza mayor y situación de necesidad.

La principal novedad del decreto ley que recoge el BOE reside en que la mascarilla no será obligatoria cuando se practica deporte individual al aire libre. Por su parte, la farmacias quedarán obligadas a vender la quirúrgicas sueltas, sin envase que las precinte.

Prohibiciones

Además, existen dos situaciones en las que los ciudadanos pueden ser multados aunque lleven la mascarilla puesta: quitar y ponerla mientras están en la calle y llevarla con la nariz al aire.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €

Publicidad