Pruebas de detección de la covid. IDEAL

La Seguridad Social avisa de la cifra a cobrar al estar de baja por covid-19

En el caso de estar en contacto estrecho con un positivo también se considera como incapacidad temporal

IDEAL

Jueves, 6 de enero 2022, 09:55

Andalucía bate record de contagios todas las semanas desde que la nueva variante de omicron empezó a contagiar. Tras la Navidad, los positivos han aumentado de forma considerable y eso implica que muchas personas no puedan ir a trabajar por riesgo de contagios. Además, las ... personas que hayan tenido contecto estrecho con un positivo también tienen que estar en aislamiento durante un tiempo determinado.

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Desde la Seguridad Social aclaran que las cuarentenas relacionadas con la covid se consideran como incapacidad temporal por enfermedad común. En cambio, la relación de prestación económica se tratará como supuestos derivados de accidente de trabajo.

Los trabajadores que estén de baja por haber dado positivo o estar en contacto con un confirmado por Covid-19 recibirán una paga equivalente a una enfermedad o acciente laboral, del 75%. Este porcentaje se mantiene igual sin importar cuánto se alargue esta baja.

El parte de baja hay que solicitarlo al médico de cabecera de la comunidad autónoma a la que pertenezca cada familia. El trámite será idéntico a cualquier otro tipo de baja por enfermedad, y se dará el alta al trabajador cuando reciba el alta médica o termine su periodo de cuarentena.

En los trabajos en los que haya opción de teletrabajar, podrán no cger la baja si no tienen síntomas, pero en ningún caso trabajar desde casa si están de baja.

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