Secciones
Servicios
Destacamos
Edición
IDEAL
Domingo, 27 de febrero 2022, 11:24
La jubilación es el broche a toda una vida dedicada al trabajo. Para acceder a ella se necesita cumplir una serie de requisitos. Por ejemplo, haber cotizado a lo largo de un período determinado de tiempo o alcanzar una edad adecuada para dejar de trabajar. ... Sin embargo, la Seguridad Social, que ha avisado a los trabajadores sobre importantes datos de su vida laboral, plantea otra opción: cobrar la pensión de jubilación mientras se continúa trabajando.
Se trata de la jubilación activa. La Seguridad Social, que ha advertido a los trabajadores sobre revisar su contrato y su vida laboral, ha explicado a través de sus redes sociales cómo se puede compatibilizar la jubilación con la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia del pensionista, siempre y cuando se lleve a cabo con unas condiciones específicas.
🗨️¿Estás jubilado y quieres seguir trabajando una parte de la jornada y compatibilizarlo con parte de tu pensión?
Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) February 15, 2022
👉Puedes acogerte a la jubilación activa.
📌Tiene que haber pasado 1 año desde la edad ordinaria de jubilación.
🔗Mira requisitos: https://t.co/9jotj6VbQ2
Por ejemplo, la Seguridad Social contempla la validez de la jubilación activa si el acceso a la pensión tiene lugar al menos un año después de haber cumplido la edad de jubilación que en cada caso resulte de aplicación. No serán admisibles jubilaciones acogidas a bonificaciones o anticipaciones de la edad de jubilación que pudieran ser de aplicación al interesado.
Además, el empleo a desarrollar podrá a ser de jornada parcial o completa, considerándose pensionista al beneficiario a todos los efectos. Por ello, la cuantía de la pensión de jubilación compatible con el trabajo será equivalente al 50% del importe resultante en el reconocimiento inicial, una vez aplicado, si procede, el límite máximo de pensión pública.
En el caso de que el beneficiario acredite que trabaja por cuenta propia y que tiene contratado a otro empleado por cuenta ajena, el importe alcanzará la totalidad de la pensión. Por otro lado, el pensionista no tendrá derecho a los complementos para pensiones inferiores a la mínima durante el tiempo en el que compatibilice la pensión con el trabajo.
Si el pensionista realiza verdaderamente trabajos incompatibles con las condiciones de la jublación activa, la Seguridad Social procederá automáticamente a suspender el cobro de la pensión de jubilación por parte del beneficiario, además de la asistencia sanitaria inherente a la condición de pensionista.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
El pueblo de Castilla y León que se congela a 7,1 grados bajo cero
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
España vuelve a tener un Mundial de fútbol que será el torneo más global de la historia
Isaac Asenjo y Álex Sánchez
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.