![El SEPE avisa de cómo mejorar la pensión tras cobrar el subsidio de 52 años](https://s3.ppllstatics.com/ideal/www/multimedia/202202/18/media/sepe-k4V-U160969759563YFH-624x385@Ideal.jpg)
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Sábado, 5 de marzo 2022, 10:25
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recuerda que después de agotar la ayuda contributiva del paro o el subsidio extraordinario de larga duración, los beneficiarios tienen acceso a otro tipo de ayudas, otras opciones para seguir recibiendo una ayuda cada mes hasta encontrar un nuevo trabajo.
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Este es precisamente el caso del subsidio para desempleados mayores de 52 años, que aunque por lo general han cotizado lo suficiente para cobrar una pensión contributiva, todavía no pueden acceder a la jubilación debido a su edad. Además, puede ser interesante ya que permite complementarlo con otras prestaciones como el ingreso mínimo vital o convenios especiales. Otro de los beneficios adicionales es la posibilidad de aumentar la cuantía de la futura pensión completando una solicitud adicional.
Además de poder complementarlo con otras prestaciones, es posible cobrarlo hasta la jubilación y que este periodo cotice para la pensión. Es una ayuda de 451,92 euros. Según explica el diario La Información, los solicitantes pueden mejorar la cuantía de su futura jubilación firmando el Convenio Especial con la Seguridad Social. Se trata de un acuerdo suscrito voluntariamente por los trabajadores para poder generar, mantener o ampliar el derecho a las prestaciones del SEPE.El usuario tendrá la obligación de pagar las cuotas a la Seguridad Social y de este modo seguirá cobrando la ayuda, pero además podrá cotizar, de manera que cuando llegue a la jubilación, este periodo le cuente como años trabajados.
Pueden suscribirse aquellos trabajadores que perciban el subsidio de desempleo, con derecho a cotización por la contingencia de jubilación, mayores de 52 años y los empleados fijos discontinuos que sean beneficiarios de la ayuda y tengan derechos a cotización a la Seguridad Social por la contingencia de jubilación. Según indican en el propio portal de la Seguridad Social, cuando el trabajador tenga menos de 52 años la suscripción se efectuará por un período máximo de 60 días.
El plazo es de un año desde que finalizan la prestación por desempleo. Estas cotizaciones complementarán las que ya se han realizado mediante el subsidio para desempleados mayores de 52 años.
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