Ideal
Sábado, 17 de julio 2021, 13:02
Las personas que se han quedado sin trabajo pueden solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la prestación contributiva por desempleo siempre que hayan cotizado al menos 360 días y cumplan el resto de requisitos. Algunos de estos requisitos son estar en situación de ... alta o asimilada al alta en la Seguridad Social, estar inscrito como demandante de empleo y no haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
Publicidad
No todas las personas que cumplen estos requisitos tienen derecho al mismo tiempo de prestación. Según indica el SEPE, la duración de la prestación por desempleo se calcula teniendo en cuenta el tiempo de ocupación cotizado a desempleo durante los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que terminó la obligación de cotizar o, en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación por desempleo anterior. Los días de vacaciones pagadas y no disfrutadas también se considerarán periodos de ocupación cotizada. Solo se tendrán en cuenta las cotizaciones que no hayan sido computadas para aprobar un derecho anterior, tanto de nivel contributivo como asistencial.
En el caso de las personas emigrantes retornadas o las personas liberadas de prisión, la duración de la prestación se calcula teniendo en cuenta las cotizaciones realizadas en los seis años anteriores a la salida de España o al ingreso en prisión, respectivamente. Si han cotizado en el extranjero o en prisión, el cálculo de los seis años hacia atrás será desde la fecha en que haya terminado la relación laboral.
Una vez conocido el tiempo de ocupación cotizado a desempleo durante esos seis años, se aplica la siguiente escala para conocer los días de prestación que corresponden al beneficiario:
- De 360 a 539 días de cotización: 120 días de prestación.
- De 540 a 719 días de cotización: 180 días de prestación.
- De 720 a 899 días de cotización: 240 días de prestación.
- De 900 a 1079 días de cotización: 300 días de prestación.
- De 1080 a 1259 días de cotización: 360 días de prestación.
Publicidad
- De 1260 a 1439 días de cotización: 420 días de prestación.
- De 1440 a 1619 días de cotización: 480 días de prestación.
- De 1620 a 1799 días de cotización: 540 días de prestación.
- De 1800 a 1979 días de cotización: 600 días de prestación.
- De 1980 a 2159 días de cotización: 660 días de prestación.
- Desde 2160 días de cotización: 720 días de prestación.
La cuantía de la prestación contributiva depende de las bases de cotización a la Seguridad Social por contingencias profesionales durante los últimos 180 días cotizados. La base reguladora de la prestación es la media de la base de cotización de ese periodo. El importe diario que se percibe es el 70 % de la base reguladora durante los primeros 180 días de prestación y el 50 % a partir del día 181 hasta el final de la misma. No obstante, hay unas cuantías mínimas y máximas que se pueden consultar en la web del SEPE. El pago de la prestación se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.