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Viernes, 26 de noviembre 2021, 10:56
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es consciente de que son muchos los ciudadanos que deben solicitar ayudas sociales en las administraciones públicas. Los parados de larga duración con más de 52 años tienen acceso a una ayuda especial de 451 euros con ... la que paliar la situación. Pero no es la única. Aquellos a los que no se les conceda porque no cumplen con los requisitos marcados, cuentan con subsidios alternativos que suponen un ingreso extra mientras buscan trabajo.
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Los requisitos van en función de ciertos parámetros y es compatible con otras ayudas como el Ingreso mínimo vital. Esta ayuda extraordinaria se creó en junio de 2020 para que las familias pudieran hacer frente a los problemas económicos derivados de la pandemia. Una prestación variable en función de las unidades de convivencia, rentas y patrimonio. Además, el proyecto de los Presupuestos Generales del Estado (PGE), incluye un incremento del 3% en el ingreso mínimo vital (IMV) a partir del próximo 2022. Asimismo, el subsidio para mayores de 52 también puede cobrarse de forma complementaria junto al IMV, aunque hay que tener en cuenta ciertos requisitos.
También es compatible con el subsidio extraordinario de desempleo. Se trata de una prestación de 451,92 euros al mes destinada a los parados de larga duración o a quienes hayan agotado otros subsidios contributivos o asistenciales. Además, tampoco deben tener la edad legal de jubilación ni superar las rentas mensuales del 75% del salario mínimo interprofesional. También se tendrán en cuenta las responsabilidades familiares asociadas.
La Renta activa de inserción (RAI). Esta ayuda está dirigida a personas en situación de desempleo que por distintas razones no tienen acceso a la prestación contributiva o al subsidio por desempleo. Al igual que con el extraordinario, es necesario que los ingresos mensuales no superen en un 75% el SMI. Además, es imprescindible acreditar al menos tres acciones de que la persona se encuentra en búsqueda activa de empleo (BAE).
La ayuda familiar. Las mujeres en paro con cargas familiares pueden complementar otros subsidios con esta ayuda. Tiene una duración de seis meses, aunque pueden prorrogarse por semestres. La cuantía mensual es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. También existe un subsidio por insuficiencia de cotización, que pueden cobrarlo quienes no hayan llegado a 360 días cotizados. La duración es proporcional a los meses cotizados o responsabilidades familiares y la cuantía es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
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