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Domingo, 10 de enero 2021, 10:07
El año 2021 trae nuevas subidas en las cuotas para los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia y en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. En concreto subirán el tipo de cotización por contingencias profesionales y el de ... cotización para cese de actividad, un 0,2 % y un 0,1 % respectivamente. La subida afecta a todos los autónomos excepto a aquellos que están acogidos a la bonificación de la 'tarifa plana'.
Esta subida está recogida en el Real Decreto-ley 28/2018, que contemplaba un incremento de los tipos de cotización por contingencias profesionales y cese de actividad en 2019, 2020 y 2021. Con esta subida el tipo de cotización del cese de actividad pasa del 0,8 % al 0,9 %, mientras que el tipo de contingencias profesionales pasa del 1,1 % al 1,3 %. El tipo de contingencias comunes se mantiene en el 28,3 % y el de formación profesional en el 0,1 %.
Es decir, en total los trabajadores autónomos tendrán que pagar el 30,6 % de su base de cotización, que oscila entre 944,40 y 4070,10 euros mensuales. Esto se traduce en una subida de entre 3 y 12 euros mensuales, según la base por la que cotice cada autónomo. La cuota mensual de los que coticen por la base mínima será en 2021 de 289 euros. Aquellos que coticen por la base máxima tendrán que pagar 1245,4 euros al mes.
En 2020 también tenían que ascender los tipos de cotización desde el mes de enero, pero no fue hasta octubre del año pasado cuando se aplicó la subida. De hecho, durante la mayor parte de 2020 los autónomos estaban pagando el 30 % de su base de cotización, en lugar del importe correspondiente al 30,3 %.
Según ha explicado la Seguridad Social a Europa Press, la subida de tipos por contingencias profesionales y cese se suele incluir normalmente en las modificaciones de tipos y de bases de cotización mínimas y máximas simultáneamente en la orden de cotización, «algo que durante 2020 no se ha hecho».
Así, ha señalado que, como no se hizo al inicio de año y posteriormente tampoco por el Estado de Alarma, no se procedió hasta octubre, aunque era algo que «estaba pendiente». También ha recordado que en la cuota de noviembre se incluyó la subida de septiembre y que está pendiente la parte correspondiente que no se cobró entre enero y agosto.
Todavía queda por conocer cuándo la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) procederá al cargo de las liquidaciones que no se cobraron de enero a agosto de este año. Este importe oscila entre los 22 y los 98 euros, dependiendo de la base de cotización por la que cotice el trabajador autónomo.
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