EFE

¿Qué días se amplía el número máximo de personas en una reunión?

La Junta de Andalucía mantuvo el límite establecido hasta ahora, pero señaló una extensión del cupo en las fechas señaladas

IDEAL

GRANADA

Viernes, 11 de diciembre 2020, 12:26

Las modificaciones en las restricciones anunciadas por la Junta de Andalucía este jueves no modificaron el límite máximo de personas en una misma reunión, a excepción de las fechas señaladas de las próximas fiestas de Navidad. El resto de días, independientemente de la fase en la que se encuentre la Comunidad Autónoma ... , cada andaluz podrá estar con cinco personas como máximo, para completar un total de seis por reunión. En los festivos venideros, el cupo se extiende a diez personas.

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En concreto, este máximo quedará fijado para los días 24, 25 y 31 de diciembre, así como el próximo 1 de enero. De esta forma, la Junta permite una mayor reunión en Nochebuena, Navidad, Nochevieja y año nuevo, las fechas destacadas del periodo navideño, que queda comprendido en la particular subfase dentro de la segunda fase de la desescalada, entre el 23 de diciembre y el 6 de enero. En estas diez personas quedan incluidos los niños y se recomienda que «no se superen nunca las dos unidades de convivencia», pero no existe un límite de unidades familiares que pueden juntarse.

Durante esta subfase, además de la movilidad entre provincias andaluzas, está permitido cruzar los límites autonómicos únicamente para celebrar reuniones de Navidad con familiares. Cabe señalar igualmente que en la noche del 24 al 25 de diciembre -Nochebuena- y en la del 31 de diciembre al 1 de enero -Nochevieja-, el toque de queda comenzará a las 1:30 horas, y no a las 23:00 horas, como el resto de días a partir del día 18 de diciembre. No obstante, sí finalizará a las 6:00 horas, como se establece en la segunda fase de la desescalada.

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