La Junta se opone al uso de la mascarilla tomando el sol en las playas de Andalucía. AGENCIAS

La Junta se pronuncia sobre el uso de la mascarilla tomando el sol en las playas de Andalucía

El consejero andaluz de la Presidencia, Elías Bendodo, ha manifestado que «en Andalucía hay una norma que dice que cuando una persona está tomando el sol no hace falta usar mascarilla, solo cuando se da un paseo»

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Martes, 6 de abril 2021, 13:05

La Junta de Andalucía ha expresado su frontal oposición a la nueva normativa, ya publicada en el BOE, que hace referencia al uso obligatorio de la mascarilla en la playa en todo momento en la calle. Cabe destacar que desde la semana pasada, ... en cualquier espacio público y aunque se pueda mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros, se debe usar el tapabocas.

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A este respecto, el consejero andaluz de la Presidencia, Elías Bendodo, ha manifestado este martes que «en Andalucía hay una norma que dice que cuando una persona está tomando el sol no hace falta usar mascarilla, solo cuando se da un paseo. El Gobierno de Andalucía se opone a la directriz del Gobierno central que obliga a ponerse mascarilla para tomar el sol. No se puede ser más papista que el papa. Pedimos que haya una rectificación», ha incidido a respecto Bendodo.

Lo que dice la ley

La nueva publicación del BOE tan solo contempla una situación al aire libre en la que el uso de la mascarilla seguirá sin ser obligatorio, «el ejercicio de deporte individual», y otras excepciones para «personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización».

El decreto que regulaba hasta ahora el uso de las mascarillas se aprobó el 20 de mayo del año pasado establecía como obligatorio el uso de la mascarilla «en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros«.

La nueva ley nacional confirma que la mascarilla es obligatoria «en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús,o por ferrocarril», además de en «los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote».

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