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Óscar Chamorro
Pensiones | Los cambios que los jubilados deben comunicar a la Seguridad Social para no perder la pensión

Los cambios que los jubilados deben comunicar a la Seguridad Social para no perder la pensión

Los pensionistas han de avisar de sus cambios de domicilio o situación económica

Ideal

Miércoles, 11 de marzo 2020, 14:31

Según las últimas estadísticas publicadas por la Seguridad Social, hay 6.102.437 personas que están recibiendo una pensión contributiva de jubilación en España. A dicha pensión se accede con 65 años y 10 meses o con 65 después de 37 años de cotización. La cantidad de la pensión depende de cuanto haya cotizado cada contribuyente, aunque la media actual se sitúa en 1.156,26 euros.

Si bien los jubilados que cumplan los requisitos tienen derecho a recibir una pensión de forma vitalicia, están obligados a comunicar ciertos cambios económicos y personales para mantenerla. Tal y como explica la Seguridad Social, se deben comunicar al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) las siguientes variaciones:

- Cambios de domicilio, tanto de la residencia habitual como de la fiscal.

- Cambios de la situación familiar: estado civil, nacimientos, defunciones…

- Cambio de cuenta bancaria en la que se cobra la prestación.

- Inicio de actividades laborales y cambios en la situación económica: rentas de trabajo, reconocimiento y/o cobro de otras prestaciones o pensiones nacionales u otro tipo de rentas. En el caso de que la persona jubilada empiece percibir otra prestación económica en forma de subsidio o renta por trabajo es necesario notificarlo porque la cuantía de la pensión podría variar.

Igualmente, antes del 1 de marzo de cada año los pensionistas que tengan asignados complementos por mínimos en su pensión y que hayan obtenido ingresos brutos por rentas de trabajo, capital u otros conceptos (superiores a la cuantía que anualmente se establezca), deberán presentar declaración expresa de los mismos.

Para notificar todos estos cambios el pensionista puede descargar una serie de formularios en la página web de la Seguridad Social. Una vez cumplimentados y firmados pueden ser enviados por correo ordinario o presentados en cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

Asimismo, es imprescindible informar a la Seguridad Social en caso de que haya fallecido un familiar que cobraba pensión. Ya que la pensión de jubilación finaliza cuando la persona fallece, seguir cobrando el dinero de un fallecido es fraude. Por tanto, se debe notificar la defunción a la mayor brevedad posible. Además, es importante comunicarlo por si, debido a este fallecimiento, sus familiares pueden acceder a una pensión de viudedad u orfandad.

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