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Martes, 31 de marzo 2020, 12:19
Las personas que se encuentren en situación de desempleo deben 'apuntarse al paro', es decir, inscribir su nombre ante posibles ofertas de trabajo en el Sistema Nacional de Empleo, formado por el SEPE (Servicio Estatal de Empleo Público) y los Servicios Públicos de Empleo de ... las Comunidades Autónomas. A través de las oficinas de este organismo también se pueden gestionar las prestaciones que a cada uno le correspondan por desempleo. Para ambos trámites es imprescindible contar con un documento que se debe renovar de forma periódica: la tarjeta DARDE (Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo).
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Este documento se recibe al inscribirse como demandante de empleo. Para hacer este trámite hay que acudir a una oficina de empleo de la comunidad autónoma (como la del SAE, Servicio Andaluz de Empleo) y presentar el DNI, documento de afiliación a la Seguridad Social, justicante de titulación profesional, documentación acreditativa de la formación y la experiencia laboral de la persona demandante y otros documentos como permisos de conducir, habilitaciones, etc.
Una vez realizada la inscripción como demandante de empleo, la persona recibe la tarjeta de demanda o DARDE, que hace constar de forma oficial su afiliación al paro. En esta tarjeta aparecen los datos personales del demandante, datos de la oficina de empleo, la fecha de inscripción (clave para acreditar la antigüedad del desempleo) y la fecha de la próxima renovación.
Las tarjetas de demanda hay que renovarlas de forma periódica, generalmente cada 90 días. La no renovación de la demanda en la fecha indicada en el DARDE puede ocasionar la suspensión de prestaciones por desempleo y es causa de baja en la inscripción. Así pues, si no se renueva la demanda, el desempleado desaparece de las listas de inscritos en el 'paro' y deja de cobrar las prestaciones económicas percibidas hasta el momento.
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Si bien para obtener la tarjeta DARDE por primera vez hay que acudir a las oficinas de empleo, el sellado de la misma para renovar la demanda se puede hacer vía telemática a través de los diferentes portales habilitados por las comunidades autónomas.
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Durante el estado de alarma, no obstante, el SEPE y los servicios autonómicos de empleo van a renovar automáticamente todas las demandas que tenían fecha de sellado durante estos días, no siendo necesario realizar la renovación por vía telemática.
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