Ideal
Viernes, 3 de abril 2020, 11:11
El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes una nueva tanda de medidas urgentes en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Una de estas nuevas medidas es la posibilidad de rescatar anticipadamente parte del plan de pensiones.
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Según recoge ... el Real Decreto-ley 11/2020 que regula esta disposición, podrán acceder a los planes de pensiones:
- Aquellos que se encuentren en situación legal de desempleo como consecuencia de un ERTE provocado por el COVID-19.
- Los trabajadores por cuenta propia que hayan cesado en su actividad como consecuencia del COVID-19.
- Los empresarios titulares de establecimientos cuya apertura al público se haya visto suspendida como consecuencia de la declaración del estado de alarma.
No obstante, aquellas personas que se beneficien de esta medida no podrán sacar la cantidad de dinero que quieran, sino que el importe no podrá ser superior a:
- Los salarios dejados de percibir mientras se mantenga la vigencia del ERTE.
- Los ingresos netos estimados que se hayan dejado de percibir mientras se mantenga la crisis ocasionada por el COVID-19 (para el caso de los trabajadores por cuenta propia).
-Los ingresos netos estimados que se hayan dejado de percibir mientras se mantenga la suspensión de apertura al público (para el caso de los empresarios que han tenido que cerrar sus etablecimientos).
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Este rescate se podrá hacer efectivo durante seis meses (ampliables si lo decide el Gobierno), contados a partir de la entrada en vigor del real decreto que declara el estado de alarma. El reembolso se deberá hacer efectivo dentro del plazo máximo de siete días hábiles desde que el partícipe presente la documentación correspondiente.
En todo caso, el reembolso está sujeto «al régimen fiscal establecido para las prestaciones de los planes de pensiones», es decir, que habrá que pagar los impuestos que se dedujeron en el momento de realizar los ingresos al plan de pensiones.
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Esta medida también es aplicable a los asegurados de los planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y mutalidades de previsión social.
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