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Yenalia Huertas
Granada
Domingo, 20 de diciembre 2020, 00:43
Un matrimonio de Granada que reside cerca del Camino de Ronda tardará en olvidar la madrugada del 1 de septiembre de 2017. Habían alquilado una habitación a un extraño y jamás imaginaron que protagonizarían una escena más propia de un largometraje de terror que ... de la vida real. Su 'inquilino' y un amigo de este, esgrimiendo un cuchillo de 20 centímetros y otro tipo hacha, los sacaron aquella noche a rastras de la habitación donde estaban con la intención de okupar la casa. Lo pagarán con cinco y cuatro años de prisión.
IDEAL ha tenido acceso a la sentencia dictada en este caso, que firma el magistrado Manuel Piñar, titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada. En ella, se castiga a ambos acusados, cuyas iniciales son O. B. C. y A. S. L., como autores de un delito de robo con violencia e intimidación.
En el fallo, además, el juez fija la indemnización a la pareja en 1.400 euros (1.220 para él y 200 para ella). Si la pena es mayor para uno de los dos acusados es porque es reincidente y esta circunstancia ha agravado su condena.
En su resolución, que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial, el magistrado Manuel Piñar considera probado que ambos procesados actuaron «con ánimo de lucrarse con la apropiación de todo el mobiliario, utillaje y electrodomésticos que se hallaban en la vivienda». Para ello, se aprovecharon de que O. B. C. tenía libre acceso al piso «al ser arrendatario de una de las habitaciones» en virtud de un contrato verbal con su propietario.
Aquella noche los dos encausados entraron en el cuarto donde se hallaba el dueño de la vivienda junto a su esposa y «la emprendieron a golpes y patadas con ambos, al tiempo que les ponían los cuchillos sobre el cuerpo para someterlos y arrastrarlos por el suelo con el fin de sacarlos de la vivienda y consumar su inicial propósito de beneficiarse con todo lo existente» en su interior.
Los dos tipos se apoderaron además del móvil de la mujer. Se lo arrebataron para «que no pidiera auxilio», aunque la Policía lo recuperó posteriormente y se lo devolvió a la señora. Tras aquella pesadilla, el propietario del inmueble resultó con heridas de las que tardó en curar 15 días. Su mujer también acabó lesionada y sanó a los cinco días.
En sus consideraciones, el magistrado resta credibilidad a la versión exculpatoria que ofreció uno de ellos, A. S. L., quien dijo que no recordaba nada porque había consumido drogas (marihuana y cocaína).
Este acusado negó además haber golpeado a la pareja y entrado en su habitación con un cuchillo, pero, según resalta el magistrado, las dos víctimas «le reconocieron» como el otro individuo que acompañaba a su inquilino y, por tanto, tomó «parte activa» en la agresión que ambos sufrieron.
«No se ha probado que A. S. L. estuviera bajo los efectos de sustancia estupefaciente alguna», subraya el juez, que considera que la forma en la que llevó a cabo los hechos (usando un cuchillo, arrastrando a las víctimas y arrebatando el móvil a la mujer) «denotan una destreza incompatible con un estado de alteración» de sus facultades.
El juzgador no ve sólo el delito de robo en la sustracción del móvil. Considera que al echar a los dueños de su vivienda los inculpados se trataron de quedar con todo. Cree, en definitiva, que los okupas son también ladrones. «En este caso no sólo el móvil fue objeto de apoderamiento por parte de los acusados, sino todo el mobiliario, electrodomésticos y utillaje» que había en la vivienda. En este punto, recuerda que la pareja residía allí, que se trataba de una casa amueblada y que al ser expulsada, «todos los objetos muebles quedaron a expensas de la voluntad de ambos acusados, sometidos a su esfera de control y voluntad».
Pero es que además el robo fue a todas luces violento, pues «el uso de un hacha y un cuchillo exhibidos y puestos en el cuerpo de las víctimas para vencer cualquier resistencia en la pretensión apropiatoria es un acto indiscutible de violencia e intimidación».
Por lo visto, durante el juicio las defensas sostuvieron que sus clientes sólo querían echar a la pareja para ocupar ellos la casa. Pero, para el juez Piñar, sus alegaciones no dejan de ser «una manifestación oportuna para transformar lo que puede ser un delito de robo en uno de ocupación o coacciones», que conllevan una pena menor.
Esta sentencia del juez Manuel Piñar crea un precedente importante a la hora del encaje penal que se da a las okupaciones. En su opinión, las personas que las llevan a cabo no sólo usurpan una vivienda que no es suya, sino que se apropian de todo lo que hay dentro, que es propiedad ajena. Es decir, cometen un robo con todas las letras. «Repele al sentido común que se esté condenando por sustraer pequeños objetos de uso cotidiano mediante el uso de fuerza o violencia e intimidación y queden impunes quienes se apropian de todos los muebles bienes que otro tiene en su casa, sólo porque el autor va con la aureola de ocupa», subraya el juez, a la vez que añade que «la única explicación a esa impunidad es que hay una aureola heroica del ocupa que se viene manteniendo por un sector de una justicia jurídicamente tibia y ramplona».
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