El establecimiento se halla junto al centro comercial del mismo nombre y acabó siendo clausurado. Ramón L. Pérez

La fiscalía del Supremo pide confirmar las penas de inhabilitación del caso Serrallo

El ministerio público solo ha solicitado que se revoque la imposición de las costas a las acusaciones

Yenalia Huertas

Granada

Miércoles, 26 de octubre 2022, 16:35

La fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado la confirmación de las penas de inhabilitación por prevaricación que la Audiencia Provincial de Granada impuso a tres de los 17 acusados en el caso Serrallo por la construcción de una sala de fiestas en lugar de solo ... un restaurante en la zona comercial privada, según han informado a IDEAL fuentes del caso.

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Según estas mismas fuentes, el Ministerio Público ha solicitado que solo se revoque el fallo en lo que se refiere a la imposición de las costas procesales a las acusaciones: la particular ejercida por S. P., el ciudadano que denunció el asunto en la fiscalía granadina, y las populares que han ejercido el partido polítivo VOX y la empresa General de Galerías Comerciales, de Tomás Olivo.

La vista, que ha quedado vista para sentencia, se ha desarrollado este miércoles en Madrid y en ella se han revisado los recursos de casación interpuestos por los abogados de los tres condenados: el promotor de la discoteca, Roberto García Arrabal; la exconcejala de Urbanismo Isabel Nieto; y el que fuera director de Licencias del Ayuntamiento de Granada, Emilio Martín Herrera.

También han expuesto sus alegaciones las acusaciones, que se enfrentaban al pago de un elevado importe, puesto que al haber cifrado el Ayuntamiento en dos millones de euros la responsabilidad civil por aquella operación urbanística, las costas «podrían llegar a los 800.000 euros», han calculado las fuentes.

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Las costas de este proceso penal «podrían llegar a los 800.000 euros», han calculado fuentes del caso

La condena en costas a las acusaciones se produjo por haber acusado, sin que lo hicieran el fiscal y el Ayuntamiento de Granada, a los concejales que votaron a favor del expediente urbanístico de la discoteca y al interventor municipal. Sin embargo, para la fiscalía, según las fuentes, «en penal, la interpretación es restrictiva» y no se les debió castigar con ese pago. Por eso ha apoyado los recursos de estas partes.

Por contra, el ministerio público se ha opuesto a los recursos de las tres defensas, que solicitaban que fuese revocada la condena y se absolviera libremente a los tres acusados. La Audiencia impuso exactamente siete años de inhabilitación a la exconcejala y al exjefe de Licencias, y tres años y medio al empresario.

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En declaraciones a IDEAL el abogado defensor de la exedil de Urbanismo y del funcionario municipal, Ernesto Osuna, ha mostrado su confianza en que la Sala Segunda del TS «siga su doctrina habitual y considere que la elección de una de diversas interpretaciones razonables no puede constituir prevaricación». El letrado del promotor es César Fernández Bustos.

Antecedentes

Se da la circunstancia de que la Fiscalía Provincial de Granada, en los últimos años especialmente activa a la hora de perseguir los supuestos desmanes urbanísticos de la capital de la Alhambra (dos querellas suyas fueron el detonante del caso Nazarí), no recurrió el fallo.

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La sentencia fue dictada en julio de 2020, en plena pandemia y absolvió a 14 de los encausados, entre ellos el exalcalde de Granada, José Torres Hurtado, y los citados concejales como miembros de la Junta de Gobierno Local que votó a favor del expediente de la concesión.

El juicio se inició en febrero y se desarrolló en la Caleta. En marzo se tuvieron que interrumpir la sesiones por la Covid-19, si bien se reanudaron el 8 de junio una vez se garantizaron las medidas de seguridad de acusados, profesionales, tribunal y asistentes.

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