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GRANADA
Miércoles, 20 de enero 2021, 11:26
Desde hoy, 326 municipios de Andalucía permanecerán cerrados perimetralmente, debido a que superaron la incidencia acumulada de 500 contagios de Covid-19 por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días. Entre ellos, Granada y otros 74 municipios de la provincia. Quedarán aislados, ... al menos, dos semanas, como reveló el consejero de Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta, Elías Bendodo, si bien existen motivos que justifican el traspaso de los límites municipales y lo permiten.
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Sergio González Hueso
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Las excepciones que recoge el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para poder entrar o salir de un municipio cerrado perimetralmente son las siguientes:
a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
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j) Desplazamiento para la realización de actos de recolección en huertos por sus propietarios o arrendatarios, así como la atención y alimentación de animales domésticos.
k) Desplazamiento para la adquisición de productos de alimentación por quienes tengan su residencia habitual en localidades que, siendo de otro término municipal, carezcan de establecimientos que permitan la adquisición de tales productos y sean localidades limítrofes con los municipios con limitación de movilidad.
l) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
m) Desplazamientos de deportistas de categoría absoluta, de alto nivel o de alto rendimiento, entrenadores, jueces o árbitros federados, para las actividades deportivas de competiciones oficiales que se encuentren autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias, que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo.
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n) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
ñ) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
En cualquiera de los casos anteriores es necesario igualmente un documento que acredite que el motivo del desplazamiento está justificado por una de dichas causas. Estos son los documentos requeridos:
-En caso de asistir a un hospital o centro de salud, el desplazamiento se justifica con el propio volante médico que se proporcione en dicho centro sanitario.
-Si el viaje es a una farmacia o se debe a la adquisición de un medicamento, el mismo se justifica enseñando el ticket del medicamento comprado.
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-Para ir a trabajar, no existe un documento unificado a nivel nacional, pero sí existe acuerdo en la admisión del que se puso en circulación con el decreto del estado de alarma en primavera, siempre que este sea rellenado por la empresa en nombre del trabajador.
-Para regresar a la residencia habitual es necesario presentar un certificado de empadronamiento o el DNI, aunque es probable que las autoridades cuestionen el motivo del desplazamiento.
-En caso de que el viaje sea para cuidar a personas dependientes o ancianos, sirve un certificado de dependencia de la persona que recibirá los cuidados.
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-El desplazamiento a una gasolinera para repostar se justifica mediante el ticket de la propia gasolinera, aunque en este caso será necesario argumentar que el motivo del repostaje es hacer alguno de los viajes justificados.
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