Oficina del SEPE EP
Ayudas y paro

El SEPE avisa del documento obligatorio para cobrar el subsidio de mayores de 52 años

Los beneficiarios de esta paga deben informar sobre sus rentas cada año si quieren continuar cobrando la prestación

Alberto Flores

Granada

Jueves, 21 de julio 2022, 11:29

El SEPE ha vuelto a lanzar una advertencia dirigada a un sector de la población. En España existen ciertos subsidios y ayudas para trabajadores desempleados que todavía no han alcanzado la edad de jubilación. Es el caso del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, una paga de 460 euros mensuales a la que se pueden acoger todas las personas que cumplan con los requisitos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para cobrarlo. Sin embargo, se trata de una paga que se puede dejar de percibir si no se presenta un documento concreto.

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Así lo ha avisado el SEPE, que ha detallado a través de su sede electrónica que quienes cobre esta ayuda para desempleados mayores de 52 años deben presentar una declaración anual de sus rentas si quieren continuar cobrando la prestación. La información es bastante clara: quienes quieran seguir manteniendo su derecho a dicho subsidio deben justificar que siguen cumpliendo los requisitos que dan derecho a su cobro.

Para ello es necesario presentar cada año una declaración de las rentas, acompañada de toda la documentación que las justifique, al SEPE. Y los plazos para entregar esa documentación no dejan demasiado margen, ya que se deben presentar cada 12 meses a contar desde la fecha del inicio del subsidio en un plazo de 15 días a partir del día en el que se cumple un año cobrando la ayuda.

Cuáles son los requisitos para tramitar el subsidio

Además de informar sobre la necesidad de presentar esta documentación para informar de los ingresos, el SEPE recuerda que solo mantendrán la paga aquellas personas que no hayan superado el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ningún mes. Si se cumplen estas condiciones, será posible tramitar esa declaración anual a través de la propia sede electrónica del SEPE a través de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ave.

Quienes no cuenten con esos métodos de acceso, no dispongan de conexión a internet o hayan superado el SMI en algún mes, deberán acudir de manera presencial a una oficina de prestaciones previa petición de cita previa a través de la web del SEPE o por teléfono. En caso de no presentar la documentación en el plazo establecido se interrumpirá el pago del subsidio de manera inmediata, así como la cotización a la Seguridad Social.

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Por otra parte, en caso de que se presente toda la documentación fuera de plazo no se perderá el derecho al cobro del subsidio, sino que se reanudará el cobro del mismo con efectos desde la fecha en la que se entregue la declaración anual de rentas.

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