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Así sería la cartilla de vacunación que propone el Gobierno de España

Así sería la cartilla de vacunación que propone el Gobierno de España

Debe incluir el tipo de vacuna administrada y el número de lote, entre otros datos

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Martes, 22 de diciembre 2020, 11:40

La Agencia Europea del Medicamento (EMA) aprobó ayer la autorización de comercialización de la vacuna Pfizer y BioNTech frente a la COVID-19. Unas horas más tarde, la Comisión Europea autorizó su distribución por el continente. De esta manera, el proceso de vacunación podrá comenzar el próximo domingo 27 de diciembre.

En España la vacunación será voluntaria, si bien se va a apuntar en un Registro de Vacunación a las personas que se nieguen a ponérsela con el fin de conocer las posibles razones de reticencia en diferentes grupos de población. Así lo recoge la actualización de la Estrategia de vacunación frente a la COVID-19 en España publicada por el Ministerio de Sanidad el pasado lunes.

Las personas que sí se vacunen tendrán acceso a una tarjeta o certificado de vacunación que, según la citada estrategia, deberá incluir la siguiente información:

- Tipo de vacuna administrada y número de lote.

- Fecha de administración de la 1ª dosis y fecha para la administración de la segunda dosis, si procede.

- Modo de contacto para consulta en caso de sospecha de reacción adversa.

- La siguiente leyenda: «si experimenta cualquier efecto adverso, contacte con el número de teléfono XXXX, incluso si se trata de posibles efectos adversos que no aparecen en el prospecto. También puede comunicarlos directamente a través de http://www.notificaRAM.es».

Grupos prioritarios

La actualización de la Estrategia de vacunación especifica qué personas se incluyen en los grupos de población que recibirán la vacuna en la primera etapa, cuando el número de dosis será limitado. De acuerdo con el documento, se ofrecerá la vacunación de manera priorizada a las personas incluidas en los siguientes grupos:

1. Residentes y personal sanitario y sociosanitario que trabaja en residencias de personas mayores y de atención a grandes dependientes: incluye a las personas con gran dependencia que están institucionalizadas y a las personas vulnerables o con gran dependencia que acuden a centros de día, siempre que estos centros estén vinculados a residencias de mayores, es decir, con actividades y personal compartido. Según el documento, la vacunación empezará preferentemente en las residencias más vulnerables (mayor número de internos, menor capacidad de adopción de medidas de prevención y control y/o residencias que no han tenido casos de COVID-19). El grupo incluye a todas las pesonas que trabajan en estos centros.

2. Personal de primera línea en el ámbito sanitario y sociosanitario: aquel que tiene mayor riesgo de exposición por llevar a cabo actividades de atención directa de pacientes COVID y aquel con mayor probabilidad de tener contacto con una infección por SARS-CoV-2. Incluye a las personas que trabajan de cara a paciente en unidades, consultas o circuitos COVID; a quienes se encuentran en las puertas de entrada de pacientes agudos (como servicios de admisión, urgencias o atención primaria); al personal del transporte sanitario urgente; al de cualquier servicio de cuidados intensivos; al de aquellos servicios que, pese a no ser de cuidados intensivos, realicen procedimientos que puedan generar aerosoles; al de servicios y unidades con pacientes de alto riesgo (como oncología o hematología); al de los servicios centrales donde se toman y manipulan muestras; al personal de Salud Pública que trabaja en la gestión directa de la pandemia y al personal de los equipos de vacunación. En este grupo se incluye también al personal del ámbito sociosanitario que trabaja en otros centros de atención a mayores y de riesgo diferentes a los que contempla el grupo 1.

3. Otro personal sanitario y sociosanitario: personas no incluidas en la categoría de primera línea (grupo 2) que trabajan en centros y establecimientos sanitarios y sociosanitarios. No obstante, en esta primera etapa la vacunación se centrará solamente en el personal que de manera específica realiza actividades que exigen contacto estrecho con personas que puedan estar infectadas por SARS-CoV-2, es decir, en función del riesgo de exposición y transmisión. El documento señala que se valorará la vacunación de las personas de este grupo que no se vacunen en la primera etapa en las etapas siguientes, como «personal esencial de primera línea» u «otro personal esencial».

4. Personas consideradas grandes dependientes (grado III de dependencia, es decir, con necesidad de intensas medidas de apoyo) que no estén actualmente institucionalizadas: incluye a las personas consideradas grandes dependientes, aquellas que han solicitado el reconocimiento y a las que no lo hayan solicitado aún pero esté medicamente acreditado por tener enfermedades que requieran intensas medidas de apoyo para desarrollar su vida, incluidas las institucionalizadas y no institucionalizadas. Las personas que ejercen un trabajo de atención a estas personas con gran dependencia en sus hogares se vacunarán en la misma visita que las personas a las que asisten, si no se han vacunado con anterioridad.

El documento matiza que las primeras dosis disponibles se utilizarán para vacunar al grupo 1 y 2 en ese orden y que, tras completar estos grupos y en la medida que haya mayor disponibilidad de dosis, se vacunará a los grupos 3 y 4.

El documento recomienda la vacunación a las personas internas en residencias o centros de mayores y a todo el personal que trabaja en ellos aunque ya hayan pasado la enfermedad. En cuanto al personal sanitario de primera línea y otro personal sanitario y sociosanitario que ha tenido una infección confirmada por SARS-CoV-2, podrá retrasar la vacunación hasta que transcurran 90 días desde la fecha del diagnóstico. De esta manera se podrá priorizar la vacunación del personal que no haya padecido la enfermedad recientemente, en concreto en los últimos 90 días.

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