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Sábado, 25 de septiembre 2021, 13:16
Las personas que realizan de forma habitual una actividad económica sin sujeción a un contrato de trabajo deben darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. En este régimen hay que pagar mensualmente una cuota que da derecho a acceder a diferentes prestaciones ... . La base de cotización es elegida por el trabajador entre las bases mínima y máxima establecidas, que en 2021 son 944,40 euros y 4.070,10 euros al mes respectivamente. La decisión que tome el trabajador al darse de alta no es definitiva, sino que se puede modificar la base de cotización todos los años.
Según explica la Seguridad Social, el trabajador autónomo puede solicitar un cambio de base de cotización en cuatro periodos distintos a lo largo del año. En cada uno de ellos puede pedir la modificación tantas veces como quiera, aunque solo se tendrá en cuenta la última solicitud realizada en ese periodo.
Los cuatro periodos en los que se puede efectuar la modificación de la base de contización son:
- Del 1 de enero al 31 de marzo, con efectos del cambio el 1 de abril siguiente.
- Del 1 de abril al 30 de junio, con efectos del cambio el 1 de julio siguiente.
- Del 1 de julio al 30 de septiembre, con efectos del cambio el 1 de octubre siguiente.
- Del 1 de octubre al 31 de diciembre, con efectos del cambio el 1 de enero del ejercicio siguiente.
En la solicitud el trabajador puede pedir un cambio a cualquiera de las bases comprendidas entre la máxima y la mínima establecidas anualmente. Asimismo, puede pedir en cualquier momento que la base de cotización aumente anualmente y de forma automática en el mismo porcentaje que la base máxima, lo que tendrá efectos el 1 de enero del año siguiente. Por último, si elige la base máxima, puede solicitar que esta se incremente cada año de forma automática para adaptarse a la base máxima anual. En este último caso, el autónomo deberá solicitarlo en los meses de enero y febrero, si bien el cambio tendrá efectos desde el 1 de enero.
La Seguridad Social explica que, al cambiar la base de cotización, la cuota que el trabajador paga mensualmente como autónomo variará. Asimismo, recuerda que la base determinará el importe de las futuras prestaciones, como la baja por enfermedad o la jubilación.
Para solicitar el cambio de base de cotización el trabajador debe entrar en el portal Import@ss (portal.seg-social.gob.es) y clicar en la sección 'Altas bajas y modificaciones' que está disponible en la página principal. A continuación tiene que que seleccionar el servicio 'Cambio de base de cotización de trabajo autónomo'. Por último debe clicar en 'Solicitar modificación' e identificarse con certificado digital, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente o vía SMS.
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