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Jueves, 10 de junio 2021, 11:58
Este 30 de junio es el último día para presentar la declaración de la Renta, tanto de forma telemática, como por teléfono o presencial, en las oficinas de la Agencia Tributaria. Si la declaración resulta a devolver, Hacienda aclara los plazos, pagar, pero ... si sale negativa y el pago se hace a través de domiciliación bancaria, es importante saber que el plazo termina antes, el 25 de junio.
Llegados a este punto, hay que tener en cuenta algunas de las partes claves del borrador, como la casilla 0695, que desvela si el resultado es a ingresar o a devolver. El resultado puede ser positivo o negativo.
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Cuando el resultado es negativo significa que la declaración ha salido a devolver, y por tanto el contribuyente será quien cobre de Hacienda. Cuando la declaración sale a pagar, significa «a ingresar», y el contribuyente tendrá que pagar a Hacienda la cantidad que se vea reflejada en la casilla.
La Agencia Tributaria informa de que tiene un plazo de hasta seis meses desde el final de la Campaña de la Renta para pagar las devoluciones, por lo que, finalizando el 30 de junio de acuerdo con el calendario, el organismo tiene hasta final de año para pagar. Y si la declaración se presentó fuera de plazo, puede ser aún mayor: son seis meses desde la presentación de la declaración.
Pero en cada caso es diferente. Lo habitual es que unos días o semanas se abone el dinero de las devoluciones, aunque Hacienda puede tardar más. Si el organismo aún no te ha pagado después de presentar la declaración y el ciudadano piensa que está tardando más de lo que se considera normal, puede deberse a dos razones.
Una, que simplemente se trate de una sobrecarga en la tramitación de las devoluciones. O dos, que la Agencia Tributaria esté revisando algún dato de la declaración y, por lo tanto, no se pueda abonar todavía el dinero. En este caso, el organismo se pondría en contacto con el contribuyente para que aporte la información necesaria a fin de confirmar ciertos datos o corregir los posibles errores que se hubiesen producido.
Si la devolución se va retrasando, existe la posibilidad de que tenga lugar más tarde del plazo estiupulado. Si es así, Hacienda deberá pagar intereses de demora desde el día en que acabe el plazo y hasta que se entregue la devolución.
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