Declaración de la Renta IDEAL

Cómo desgravar el seguro de hogar de una vivienda en la declaración de la Renta

El límite anual para no presentar este trámite son 22.000 euros anuales si proceden de un único pagador

IDEAL

Martes, 19 de abril 2022, 10:51

Ya se conocen las novedades de la Declaración de la Renta en 2022. Tras su inicio el pasado 6 de abril , muchos se plantean algunas dudas a la hora de llevar a cabo el trámite.

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También hay que recordar que hay quien no está obligado a hacer la declaración de la Renta este 2022 ... . El límite anual para no presentar este trámite son 22.000 euros anuales si proceden de un único pagador.

¿Se puede desgravar el seguro de una vivienda en la declaración de la Renta? Pues para sorpresa de muchos sí se puede, pero hay que tener en cuenta algunos aspectos. Hacienda admite el coste de cobertura del riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios y las cantidades abonadas anualmente como primas de los contratos de seguro de hogar, de incendios y de vida.

También se incluye en la base de la deducción la cantidad que se haya destinado a la compra o rehabilitación de la vivienda, junto con los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquiriente.

Es importante guardar todos los documentos justificantes del seguro de hogar y además, dentro de las diferentes garantías, es imprescindible que se incluya la cobertura de incendio, ya que es obligatoria en cualquier hipoteca.

Alquiler vivienda

En el caso de querer desgravar el alquiler d euna vivienda, en Andalucía la deducción se limita a los menores de 35 años, que podrán desgravar un 15 % del alquiler hasta un máximo de 500 €. Para acceder a la deducción su base liquidable general y del ahorro no podrá superar los 19.000 € en tributación individual ni los 24.000 € en conjunta.

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En la Renta de 2021 sólo pueden desgravar en la parte estatal los alquileres firmados antes del 1 de enero de 2017 o la ampliación de los mismos . Es decir, si la persona ha alquilaro la misma casa desde antes de 2017 puede seguir deduciendo por la vivienda, sea por prórroga del contrato o por fimar uno nuevo.

También existen otros requisitos como no superar un cierto nivel de ingresos en la base liquidable general o de dinero generado por las inversiones.

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