Este es el documento que deben presentar los jubilados para seguir cobrando la pensión. Ideal

Pensionistas

El documento que deben presentar los jubilados para seguir cobrando la pensión

Se trata de la 'fe de vida', un documento con el que los jubilados demuestran que siguen con vida y pueden seguir percibiendo su pensión

Alberto Flores

Granada

Lunes, 13 de marzo 2023, 09:44

Los jubilados tienen que hacer cada cierto tiempo diferentes gestiones relativas al cobro de su pensión. Desde un trámite a completar antes de abril para que la paga no se vea reducida, hasta presentar un documento que podría implicar el cese del cobro ... de la pensión en caso de no contar con él. Este documento en concreto es el conocido como 'fe de vida' y es exigido por parte de la Seguridad Social de forma periódica a los beneficiarios de una pensión de jubilación.

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El objetivo de este trámite es poder comprobar que los beneficiarios de la pensión continúan con vida y que, en ese caso, puedan continuar percibiendo el cobro de esta prestación. Así lo detallan desde el Ministerio de trabajo y Economía Social, que explican que «para evitar la suspensión de las pensiones de la Seguridad Social es necesario remitir anualmente, en los tres primeros meses del año, una Fe de vida».

¿Cómo solicitar el documento?

Las certificaciones de este tipo las emiten los Consulados Generales de España mediante comparecencia del interesado. El documento no solo certifica la vida de la persona solicitante, sino también su estado civil. Y, además de ser exigido por parte de la Seguridad Social, también puede serlo por parte de las entidades bancarias que se encargan de abonar la pensión.

Para solicitar la 'fe de vida' basta con dirigirse a una oficina de Registro Civil en el lugar de residencia y aportar el documento de identidad y el libro de familia. Algo que también deberán realizar los pensionistas de la Seguridad Social que residan en el extranjero.

El plazo para presentar esta documentación va del 2 de enero al 31 de marzo de cada año y se puede entregar a través de una oficina consular o del certificado de comparecimiento ante la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Como novedad para este año, el certificado podrá obtenerse también a distancia mediante una videoconferencia.

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