El error que deja sin deducciones a los autónomos en cese de actividad en la declaración de la Renta

El fallo impide que se apliquen deducciones familiares en su Renta de 2020, a pesar de que la norma dice que son compatibles

IDEAL

Miércoles, 12 de mayo 2021, 11:46

La campaña de la declaración sigue en marcha desde que comenzó el pasado 7 de abril y son muchos los ciudadanos que siguen teniendo dudas o a los que le surgen problemas, por ejemplo de cómo actuar cuando has recibido la prestación por partenidad ... o cómo realizar la declaración las parejas separadas con hijos.

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Ahora se ha detectado un error de Hacienda en el volcado de datos para la declaración de la Renta de 2020 está impidiendo a cientos de autónomos en cese de actividad aplicarse las deducciones familiares. según advierte el portal autonomosyemprendedores.es. La Agencia Tributaria aclaró en su página web que la prestación funciona como una ayuda asistencial del sistema de protección del desempleo y, por tanto, «todos los trabajadores por cuenta propia acogidos al cese de actividad tendrán derecho a dichas deducciones durante los meses en que se cobre», parece ser que en la práctica la Administración no ha cumplido con la normativa.

El problema ha aparecido con las deducciones de los meses de abril, mayo y junio del pasado año, tal y como aseguró el asesor fiscal de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Domingo Gallego. El fallo puede tener su origen en el cruce de datos entre Seguridad Social y Hacienda.

Por ello, la Federación insta al colectivo a «revisar concienzudamente las declaraciones de la Renta de 2020. No estar atento y darle a 'continuar' supondrá que no se le tenga en cuenta esos meses, la Agencia Tributaria no es infalible y puede cometer fallos, por lo que siempre debe comprobarse todo«, dijo el asesor fiscal. Para subsanar este error, y que los autónomos puedan acceder a las deducciones que les corresponden, »deben marcar ellos mismos la casilla y remitirse a Hacienda para constatar que en abril, mayo y junio estuvieron acogidos al cese de actividad y no se habían dado de baja en el RETA«.

El cese es compatible con la deducción familiar

La Agencia Tributaria emitió la semana pasada un recordatorio sobre las deducciones compatibles con el cobro de esta prestación y, de acuerdo con la Administración, los autónomos podrán aplicarse en su Renta de 2020 las deducciones por familia numerosa, por ascendiente con dos hijos y por discapacidad de descendientes, ascendientes o cónyuge.

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La AEAT aclaró en su página web que la prestación por cese de actividad funciona como las demás prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo, por lo tanto, «todos los trabajadores por cuenta propia que estén percibiendo dicha prestación también tendrán derecho a dichas deducciones durante los meses en que se cobre».

Con esta normativa los autónomos en cese de actividad podrían deducirse en la próxima declaración de la Renta, por ejemplo, 1.200 euros anuales si forman parte de una familia numerosa o monoparental, y 2.400 euros al año si son familia de categoría especial; siempre y cuando sus hijos no tengan una renta superior a 8.000 euros. El importe final de deducción podrá incrementarse también en función del número de descendientes y ascendientes con discapacidado.

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