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Sábado, 11 de enero 2020, 14:54
Tener un distintivo ambiental de la DGT (Dirección General de Tráfico) es obligatorio desde el 1 de enero para aparcar en las zonas reguladas del centro de Madrid y circular por la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Barcelona. Para otorgar los diferentes distintivos ( ... B, C, Eco y 0 emisiones), la DGT revisa el año de matriculación y el tipo de motor de cada vehículo. No cumplir con los requisitos indispensables para conseguir uno de estos cuatro distintivos impide circular por las zonas restringidas.
En principio la DGT ha calificado como de categoría A –por tanto, sin etiqueta- a aquellos vehículos de gasolina anteriores al año 2000 y a los diésel anteriores a 2006, entendiendo que, por su antigüedad, no cumplen los requisitos necesarios para la etiqueta B (seguir la norma Euro 3 para gasolina y la Euro 4 y 5 para diésel). Sin embargo, muchos conductores han reclamado que, aunque sus vehículos son anteriores a las citadas fechas, sí cumplen los requisitos referentes al tipo de motor.
Tras recibir estas reclamaciones, la DGT ha admitido que se han producido errores en la emisión de los distintivos ambientales. Muchos conductores han revisado las características del vehículo y, después de comprobar que cumplen con la normativa de emisiones, han reclamado la etiqueta y la han conseguido. «Hay algunos casos, pero no algo generalizado» ha dicho la DGT, según informa el diario El País.
El fallo a la hora de emitir las etiquetas ha sido tener en cuenta la fecha de matriculación del vehículo –vinculada a la entrada en vigor de las normativas sobre emisiones de vehículos- y no su efecto contaminante. Hay casos en los que, aunque la fecha de matriculación es anterior a la recogida para conseguir la etiqueta B, el vehículo cumple con la normativa de emisiones porque muchos fabricantes habían adaptado los motores con anterioridad.
Según avanzó TV3, algunos conductores se han percatado de que su vehículo cumple la normativa ambiental pero no disponen de etiqueta, razón por la cual han reclamado y la han conseguido. Según ha explicado la DGT, se trata normalmente de vehículos que se matricularon meses antes de la entrada en vigor de la normativa. Si bien la DGT asegura no tener una cifra de reclamaciones, desde la Anfrac –patronal de los fabricantes de vehículos- dicen que «se trata de un número limitado de vehículos» y que están solicitando información a las marcas para cuantificar este problema, según explica El País.
La DGT ha admitido que es un error suficientemente importante como para trabajar en un protocolo para agilizar las reclamaciones, que asegura que tendrá listo «en los próximos días». Los conductores que sospechen que su vehículo podría contar con el dispositivo deben acudir al concesionario para pedir un certificado del fabricante que acredite que el vehículo cumple con la normativa. Después hay que dirigirse a una estación ITV para solicitar una reforma de la ficha técnica del vehículo y, con toda esta documentación, solicitar la etiqueta en oficinas de Correos, gestorías o talleres autorizados.
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