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Sábado, 10 de abril 2021, 11:47
El pasado 7 de abril comenzó la campaña de la declaración de la Renta 2020. De momento el trámite solo se puede realizar a través de Internet. La atención telefónica para la presentación de declaraciones (plan 'Le Llamamos') comienza el 6 de mayo, con ... solicitud de cita a partir del día 4 de ese mes. En cuanto a la atención presencial en oficinas, se inicia el 2 de junio y para la misma se podrá solicitar cita a partir del 27 de mayo. El plazo de presentación finaliza el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 25 de junio.
Aquellos contribuyentes que realicen la declaración durante los primeros días de la campaña no tendrán que esperar hasta finales de junio para recibir el dinero si les sale a devolver. Según indica el Ministerio de Hacienda, las primeras devoluciones se efectúan pasadas las primeras 48 horas de campaña. Esto quiere decir que Hacienda ya está devolviendo dinero a los contribuyentes que han presentado la declaración durante esta semana.
Está previsto que este año haya un mayor número de personas que realicen este trámite a consecuencia de los ERTE (expedientes de regulación temporal de empleo) y por la obligatoriedad de presentar declaración para todos los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Para facilitar la elaboración de la Renta a estos colectivos, la Agencia Tributaria ha diseñado un refuerzo de la asistencia personalizada en esta campaña, tanto para la resolución de dudas como para la confección de la declaración.
Los solicitantes del IMV y los perceptores de prestaciones por ERTE que pasen a ser nuevos declarantes están recibiendo cartas informativas con instrucciones para la presentación de la declaración. Específicamente para los perceptores de prestaciones por ERTE pendientes de un posible reintegro de excesos por parte del Servicio Público de Empleo, la Agencia Tributaria recomienda retrasar la presentación si el contribuyente no tiene confirmación de la cantidad que se debe reintegrar. De esta forma, da más tiempo al SEPE para haber podido comunicar la actualización de sus datos a la Agencia, de manera que los datos fiscales y el borrador puedan recoger la información correcta.
Por otro lado, a los contribuyentes en ERTE con resultado de la declaración a ingresar se les permitirá fraccionar el pago en seis meses sin intereses.
En cuanto a las principales novedades normativas, son las siguientes:
- Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas: estarán exentos para el ejercicio 2020 los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros.
- La exención de las entregas a empleados de vales comida se aplicará tanto si el servicio se presta en el propio local como si se presta fuera de éste, en el caso del teletrabajo.
- Para rendimientos de capital inmobiliario y de actividades económicas, se reduce en los ejercicios 2020 y 2021 a tres meses el plazo para que el contribuyente pueda deducir las cantidades que se le adeudan.
- Donativos: se elevan en cinco puntos porcentuales los porcentajes de deducción previstos.
- En cuanto a los autónomos que tributen por módulos, se eleva el procentaje de reducción a aplicar del 5 % al 20 %. Se incrementa hasta el 35 % para las actividades vinculadas al sector turístico, la hostelería y el comercio. Para la aplicación de los módulos no se computarán los días en que estuvo vigente el estado de alarma en el primer semestre de 2020 ni aquellos en los que estuvo suspendida la actividad por decisión administrativa.
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