Ideal
Sábado, 26 de junio 2021, 12:21
En 2021 pueden jubilarse las personas que cumplan 66 años o aquellas que cumplan 65 y hayan cotizado 37 años y 3 meses o más. Cuando se alcanza esta edad no es obligatorio jubilarse, sino que un ciudadano puede seguir trabajando o incluso compatibilizar su profesión con la pensión ... . Aquellos que apuesten por el retiro tendrán derecho a una prestación de jubilación cuya cuantía variará según los años cotizados y su base reguladora.
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En primer lugar hay que tener en cuenta que, para recibir una pensión de jubilación, es necesario haber cotizado un periodo mínimo de quince años, de los cuales dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
El número de años cotizados es importante a la hora de recibir más o menos pensión. Por los primeros 15 años se tiene derecho al 50 % de la base reguladora. A partir de ese momento se va añadiendo un pequeño porcentaje de la base por cada mes cotizado. Según los porcentajes que se aplican en 2021, de los meses 1 al 106 a partir del decimosexto año cotizado se suma un 0,21 % de la base reguladora al mes. Esto supone un aumento del 2,52 % al año. En los 146 meses siguientes se suma un 0,19 % mensual, lo que supone una subida del 2,28 % por cada año cotizado. Sumando estos porcentajes se alcanza el 100 % de la base reguladora a los 36 años cotizados. El porcentaje aplicable a la base reguladora no puede superar dicho 100 % salvo en los casos en que se acceda a la pensión con una edad superior a la que resulte de aplicación.
Para calcular la base reguladora en 2021 hay que dividir por 336 las bases de cotización del interesado durante los 288 meses (24 años) anteriores al del mes previo al del hecho causante.
En cualquier caso, la Seguridad Social establece una pensión mínima de jubilación. Para aquellos que se retiran a partir de los 65 años la pensión mínima es de 851 euros al mes si el beneficiario tiene cónyuge a cargo, 689,70 euros al mes si no tiene cónyuge o 654,60 euros al mes si tiene cónyuge no a cargo. Aquellos que se jubilan con menos de 65 años pueden recibir una pensión mínima de 797,90 euros al mes si tiene cónyuge a cargo, 645,30 euros si no tienen cónyuge o 609,90 euros si tienen cónyuge no a cargo.
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