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Domingo, 10 de octubre 2021, 11:24
Hacienda no puede investigar dos veces un movimientos sospechoso a la misma persona. Así lo ha declarado la Audiencia Nacional, que ha anulado una sanción de 600.000 euros a una persona qcuya documentación ya había sido revisada en una ocasión.
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En su resolución, la ... Sala argumenta que la Administración no puede arrepentirse y revisar lo ya examinado en el marco de una comprobación provisional previa. Si los inspectores concluyen que no hay irregularidad ni fraude, a ojos de los magistrados, esta declaración goza de efecto de cosa juzgada. El fisco, por tanto, debe respetar sus propias decisiones y no contradecirlas, apunta el fallo.
Como recoge el relato de hechos, la Agencia Tributaria mandó un primer requerimiento a la compañía en cuestión para comprobar posibles desajustes en sus cuentas sobre el impuesto de sociedades en el año 2009.
La empresa no tuvo problemas en entregar justificantes de ingresos, certificados de dividendos, balances, escrituras y contratos para demostrar que todo era correcto. Tras revisar los números, los funcionarios descartaron posibles sanciones y así lo notificaron a la compañía. Sin embargo, dos años después, Hacienda reabrió el caso para, en esta ocasión, dictar que la actuación empresarial merecía la citada sanción.
La ley solo prevé una excepción para reabrir una comprobación fiscal provisional ya cerrada: que «se descubran nuevos hechos o circunstancias que resulten de actuaciones distintas de las realizadas y especificadas en dicha resolución», tal como recoge el artículo 140 de la Ley General Tributaria.
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Con este marco legal, los magistrados descartan que, en este caso, hayan trascendido hechos nuevos o circunstancias reveladoras que justifiquen una nueva inspección sobre lo mismo. Para la justicia, Hacienda contó con la documentación suficiente para sacar las conclusiones precisas en un primer momento.
Si los inspectores contaban con «elementos de juicio o sospecha suficientes» sobre posibles descuadres, tenían la obligación entonces de abrir un procedimiento inspector para indagar sobre el asunto con «mayor esfuerzo». Una decisión que descartaron, destacan los jueces, y que ahora les vincula.
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