La DGT puede multarte si conduces con estas enfermedades

Determinadas dolencias pueden afectar a nuestras aptitudes al volante

IDEAL

Miércoles, 4 de mayo 2022, 11:24

Las enfermedades aumentan el riesgo de sufrir un accidente de tráfico, por eso, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha alertado a los conductores de que multará a quienes conduzcan padeciendo algunas dolencias en concreto.

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Para conducir con seguridad, es necesario estar ... siempre pendiente del entorno y hay determinadas dolencias que pueden mermar las condiciones físicas y psicológicase incluso afectar a las aptitudes del conductor al volante.

Los conductores tienen la obligación de renovar su permiso de conducir cada cinco o diez años, según la edad. Para hacerlo, es necesario pasar un reconocimiento médico, que no será favorable si se padece alguna enfermedad incompatible con la conducción y el especialista considera que no se debe poner al volante.

En función de la patología que sufra el conductor, la DGT podrá reducir el periodo de vigencia de su permio, establecer un tiempo límite para poder conducir (desde el diagnóstico de la enfermedad o la intervención quirúrgica, por ejemplo) o directamente prohibirle hacerlo.

Si se hace caso omiso a estas recomendaciones y no se tiene la autorización pertinente o está caducada, la DGT puede sancionar al conductor enfermo con multas que van desde 200 a 6.000 euros.

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¿Con qué enfermedades no puedo conducir?

Según ha informado este organismo, las multas mencionadas anteriormente serían aplicables a aquellos conductores que padezcan patologías coronarias, psiquiátricas, neurológicas o apnea del sueño, por ejemplo.

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