Miércoles, 17 de noviembre 2021, 13:54
A partir de ahora, acceder a la renta mínima de inserción social en Andalucía será más fácil. La Junta ha aprobado una modificación de medidas extraordinarias que tienen como objetivo agilizar y flexibilizar los trámites necesarios para conseguir esa ayuda por parte de la ... ciudadanía.
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Se trata, en concreto, del Decreto-ley 22/2021, de 13 de octubre, por el que se modifica el Decreto-Ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (Covid-19), y el Decreto-Ley 10/2020, de 29 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito El Parlamento convalida el decreto que busca simplificar los trámites para la concesión de la Renta Mínima andaluza en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (Covid-19), en relación con las medidas extraordinarias dictadas para la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
Se trata, según ha abundado la consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, Rocío Ruiz, de un paquete de medidas administrativas que incidirán directamente en la resolución de estos expedientes y, por lo tanto, en la reducción de la lista de espera y en los retrasos acumulados en estos procedimientos.
Las modicicaciones introducidas en este nuevo Decreto Ley, permitirá tranitar la práctica totalidad de los procedimientos en el periodo de seis meses de duración del mismo. Una medida que se complementa con la implemeentación del plan de cochde de refuerzo personal.
En esta nueva etapa de la renta mínima, se ha eliminado la obligatoriedad de presentar las nóminas y contratos de trabajo, por lo que queda supeditada a concretos en el órgano gestor que no puedan disponer de la información de manera telemática.
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Con la modificación de esta ley, los requisitos se eliminarán a ostentar la vecindad en la comunidad autónoma, disponer de recursos mensuales inferiores a la cuantía que corresponda de la renta mínima, no disponer de dinero efectivo, título, valor o depósito bancario de un importe superior de 10 veces el IPREM. Además de todo ello, la prsona que solicite la renta mínima deberá estar inscrita como demandante de empleo.
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