Ideal | Agencias
Martes, 1 de diciembre 2020, 12:30
La semana pasada el ministro de Sanidad, Salvador Illa, presentó los 15 grupos en los que se dividirá la población para recibir la vacuna del coronavirus. Según el Plan de Vacunación contra el COVID-19 aprobado el martes en el Consejo de Ministros, la vacunación ... se llevará a cabo en tres fases y será gratuita. La primera empezará en enero de 2021, la segunda se llevará a cabo aproximadamente desde marzo a principios de junio y la tercera durante el verano.
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Según Sanidad, cuando las vacunas protejan a un porcentaje de la población entre el 66 y el 75 % se habrá logrado la inmunidad de rebaño. No obstante, existen dudas entre la población sobre la vacuna. Según el avance de resultados del barómetro del CIS de noviembre, sólo el 36,8 % de los encuestados estaría dispuesto a vacunarse inmedidatamente, mientras que el 47% no lo estaría. El porcentaje de personas que recelan de la vacuna ha aumentado con respecto al barómetro de octubre, en el que el 43,8 % de los encuestados señalaba que no estaba dispuesto a vacunarse inmediatamente.
De momento la vacunación será voluntaria. En declaraciones a RAC1 y Catalunya Ràdio, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, señaló que existe «una concienciación muy alta» entre los españoles de los beneficios de vacunarse y aunque «legalmente» el Gobierno podría hacer que fuera obligatorio, estima que hacerlo así podría resultar incluso «contraproducente» según le han indicado «los expertos». El ministro confía en que la ciudadanía va a reaccionar bien y no será necesario recurrir a la imposición.
En caso de que finalmente hubiese que obligar a la población, existe cobertura legal para hacerlo al amparo de dos normas: la ley 22/1980 que modifica la Ley de Bases de Sanidad de 1944 y la Ley Orgánica 3/1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública. La ley de 1986 dispone que las autoridades sanitarias podrán adoptar los tratamientos precisos ante un «peligro para la salud de la población» y facultan a aplicar las medidas «que se consideren necesarias» en caso de «riesgo de carácter transmisible» de una enfermedad contagiosa.
Por su parte, la ley de 1980 prevé concretamente que las vacunas contra la viruela, difteria y otras infecciones pueden ser declaradas obligatorias por el Gobierno. «Las vacunaciones contra la viruela y la difteria y contra las infecciones tíficas y paratíficas, podrán ser declaradas obligatorias por el Gobierno cuando, por la existencia de casos repetidos de estas enfermedades o por el estado epidémico del momento o previsible, se juzgue conveniente. En todas las demás infecciones en que existan medios de vacunación de reconocida eficacia total o parcial y en que esta no constituya peligro alguno, podrán ser recomendados y, en su caso, impuestos por las autoridades sanitarias», dice ese precepto en su artículo único.
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También sigue vigente un decreto del año 1945 que aprobó el reglamento para la lucha de las enfermedades infecciosas, que en su artículo 21 declara que podrán ser obligatorias para todos los ciudadanos españoles las vacunaciones contra la difteria y la viruela, «siendo sancionadas su falta de realización». El abogado experto en temas de salud y profesor de la Universitat Oberta de Cataluña (UOC) José Enrique Pérez Palaci ha explicado a EFE que, «por analogía», se podría declarar obligatoria la vacuna para la pandema por la COVID-19.
Si bien la ley de 2002 sobre autonomía del paciente apunta a que la persona afectada puede aceptar o rechazar algunas terapias, ese derecho a decidir tiene algunas excepciones, principalmente el riesgo a la salud pública. Ese riesgo está desarrollado en la ley orgánica 3/1986, que en su artículo 2 declara la posibilidad de que las autoridades tomen cualquier medida necesaria para preservar la salud pública.
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Para el jurista, el asunto de la vacunación obligatoria es, finalmente, la colisión de dos derechos, el derecho a la protección de la salud, que prevalece en el caso de una pandemia como la COVID-19, y el derecho a la intimidad y privacidad. «Ahora bien, si la normativa existente puede causar cierta confusión, también el ejecutivo y el legislativo pueden intervenir al respecto y modificarla introduciendo artículos pertinentes tanto en el código penal como en una nueva ley orgánica o de modificación de la ley general de salud pública», ha señalado.
Para la profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona (UB) Mar Aguilera, «más que declarar la obligatoriedad en la ley, será clave establecer cuáles son las consecuencias de la no vacunación». En conversación con EFE, Aguilera ha dicho que «es importante dejar claro cuáles son las consecuencias y que estas sean proporcionales», preceptos que tendrían que prever y valorar múltiples casuísticas como «¿qué pasa si unos padres siguen llevando a su hijo sin vacunar de la COVID-19 a la escuela?».
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Desde el mundo médico, sin embargo, insisten en que no es lo más apropiado declarar obligatoria la vacuna «porque podría tener efectos contraproducentes», ha explicado a EFE la jefa de epideomología del hospital barcelonés Vall d'Hebron, Magda Campins. «Si obligas a la gente, éstos pueden ser más reticentes. Esperamos llegar a coberturas de vacunación de la población altas sin tener que llegar a la obligatoriedad», ha dicho la facultativa.
Ya hay una Comunidad Autónoma que ha dado el primer paso para obligar a vacunarse. El PP de Galicia ha registrado este jueves en el Parlamento autonómico una proposición para reformar la ley de salud de 2008 que permitirá imponer multas mínimas de 1.000 euros por rechazar vacunarse. Según ha explicado el presidente de la Xunta, Núñez Feijóo, la ley incluye la posibilidad de que haya vacunas obligatorias en situaciones de pandemia pero «sin entrar a decidir si ésta –la de la COVID- será obligatoria o no». «Por tanto, no hay en la ley una obligación determinante a la entrada en vigor de la misma de vacunar contra el coronavirus. Lo que establece la ley es la salvaguarda y la obligación de que, en el caso de que las sociedades científicas, las agencias del medicamento y las autoridades sanitarias consideren que esta vacuna debe de ser obligatoria, en ese caso, la ley gallega permite, en el ámbito de Galicia, implementarla de forma obligatoria», ha precisado.
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