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Sábado, 2 de enero 2021, 10:59
Las personas que han perdido su trabajo pueden recibir una prestación contributiva por desempleo siempre que hayan cotizado para esta prestación al menos 360 días dentro de los seis años anteriores. No obstante, este no es el único requisito, sino que también hay cumplir otros ... como no realizar un trabajo a tiempo completo, no haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse y no cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo. La obligación de cumplir estos requisitos para recibir la prestación por desempleo provoca que esta no sea compatible con muchas de las pensiones de la Seguridad Social. No obstante, hay ciertos casos en los que sí es posible recibir ambos ingresos.
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Dado que un requisito para percibir la prestación por desempleo es no haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, en principio la pensión de jubilación no es compatible con el desempleo. No obstante, existen dos casos especiales en los que sí es posible compatibilizarlas: cuando la pensión la abona un estado distinto al español y cuando se reciben pensiones de jubilación parcial u otras prestaciones que hubiesen sido compatibles con el trabajo que originó la prestación.
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La prestación por desempleo también es compatible con la pensión de viudedad y con las prestaciones de la Seguridad Social por hijo o hija a cargo. Asimismo, se puede recibir a la vez que la pensión de invalidez permanente total para la profesión habitual que, a su vez, hubiese sido compatible con el trabajo que originó dicha prestación.
Sin embargo, la prestación por desempleo no es compatible con la prestación por incapacidad absoluta (que inhabilita al trabajador para toda profesión) o gran invalidez (que se concede a trabajadores incapacitados que necesitan la asistencia de otra persona para actos espenciales de su vida). La ayuda por desempleo se puede compaginar con prestaciones que sean compatibles con la realización de un trabajo y, dado que una persona con incapacidad absoluta o gran invalidez no puede trabajar, tampoco puede ser beneficiaria de una prestación por desempleo.
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